Desarrollos clave desde Mayo 2004: Venezuela presentó su primer
informe del Artículo 7 en dos años, el cual proporcionó
detalles adicionales sobre destrucción de reservas y revisó
información anterior sobre minas colocadas por Venezuela en el pasado.
Venezuela se sumó a la Convención sobre Armas Convencionales y su
Protocolo II Enmendado el 19 de Abril de 2005. En Julio 2005, Venezuela
estableció un cronograma de remoción de minas antipersonal
alrededor de seis puestos navales, antes del plazo límite según el
Artículo 5. Para Agosto de 2005, las operaciones de desminado
todavía no habían comenzado.
Política de Prohibición de Minas
Venezuela firmó el Tratado de
Prohibición de Minas el 3 de Diciembre de 1997, lo ratificó el 14
de Abril de 1999 y entró en vigor el 1 de Octubre de 1999. El Ministerio
de Relaciones Exteriores no considera necesaria la legislación nacional
para aplicar el Tratado de Prohibición de Minas porque los tratados
internacionales ratificados por el gobierno se convierten automáticamente
en ley nacional.[1] Ni el Ministerio
de Asuntos Exteriores ni las Fuerzas Armadas han propuesto a la Asamblea
Nacional que promulgue las sanciones penales específicamente para las
minas antipersonal.[2] El
código penal venezolano fue reformado el 16 de Marzo de 2005, sin ninguna
referencia a las minas
antipersonal.[3]
Venezuela presentó su tercer informe del Artículo 7 el 4 de
Julio de 2005.[4] No se señala
el período informado, ni cubre toda la información requerida por
el Artículo 7, ni tampoco emplea los formatos estándar.[5] El informe es la primera
actualización desde Mayo de 2003.
Venezuela asistió a la Primera Conferencia de Examen del Tratado de
Prohibición de Minas en Noviembre-Diciembre de 2004 en Nairobi, donde
hizo una declaración al segmento de alto nivel. Venezuela también
participó en las reuniones intersesionales en Junio de 2005 en Ginebra,
donde hizo una declaración solicitando al Monitor de Minas Terrestres
corregir la información en la que Venezuela colocó minas
antipersonal luego de la firma del Tratado de Minas Antipersonal (véase
más abajo).
Venezuela no se ha comprometido en las amplias discusiones que los Estados
Partes han tenido en materia de interpretación y aplicación
relativas a los Artículos 1, 2 y 3. De esta manera, no se ha dado a
conocer su visión en asuntos de operaciones militares conjuntas con
Estados no-Partes, almacenamiento extranjero y tránsito de minas
antipersonal, minas antivehículos con espoletas sensibles o dispositivos
antimanipulación y el número permisible de minas retenidas para
entrenamiento.
Venezuela se unió a la Convención de Armas Convencionales y su
Protocolo II Enmendado sobre minas antipersonal el 19 de Abril de 2005. No
asistió a la Sexta Conferencia Anual de Estados Partes al Protocolo
Enmendado II el 17 de Noviembre de 2004.
Producción, Transferencia, Arsenales y Destrucción
Venezuela informa que no ha producido minas antipersonal.[6] Se desconoce si el país ha
exportado minas antipersonal. Mientras que los medios han continuado informando
sobre casos de tráfico de armas entre Colombia y Venezuela, el Monitor de
Minas Terrestres no ha encontrado ninguna evidencia sobre transferencias de
minas antipersonal. La información de los informes de Venezuela del
Artículo 7 señala que en el pasado Venezuela obtuvo minas
antipersonal de Bélgica, Italia, España, Estados Unidos y la ex
Yugoslavia.[7]
El 25 de Noviembre de 2003 Venezuela informó a la Secretaría
General de las Naciones Unidas que había finalizado la destrucción
de sus reservas de 47.189 minas antipersonal el 24 de Septiembre de 2003,
días antes del plazo límite de cuatro años para el
país del 1 de Octubre de 2003.[8 ]
Venezuela ofreció nueva información sobre la
destrucción de sus reservas en el informe del Artículo 7 de Julio
de 2005. El 13 de Mayo de 2003, 35.360 minas de reserva fueron destruidas en
Polvorines Centro Norte; el 15 de Julio de 2003, 587 minas fueron destruidas en
el Polvorines Región Sur; el 18 de Julio de 2003, 3.385 minas fueron
destruidas en Polvorines Estado Zulia; el 10 de Septiembre de 2003, 4.451 minas
fueron destruidas en Polvorines Región Centro Occidente; el 24 de
Septiembre de 2003, 3.406 minas fueron destruidas en Polvorines Región
Sur Occidental. No se indicó los tipos de minas antipersonal
destruidos.[9]
A pesar de las numerosas solicitudes, el Monitor de Minas Terrestres no ha
sido invitado como testigo a ninguno de los eventos de destrucción de
reservas y parece que no asistió ningún medio de
comunicación u observador. Aparentemente, Venezuela no informó a
los Estados Parte en el momento de cumplir la obligación del
tratado.[10 ]
Minas Retenidas para Entrenamiento
En su Informe del Artículo 7 de Julio 2005, Venezuela indicó
que retuvo 4.960 minas antipersonal con fines de entrenamiento y
desarrollo.[11 ]Del total, 4.950
minas están retenidas en la Dirección de Armamento de la Fuerza
Armada Nacional, DARFA, y 10 minas se encuentran en la Oficina N°8 del
Fiscal en Puerto Cabello, estado de Carabobo, por presunto delito de hurto. No
se incluyó en el informe mayores datos sobre el robo de las
minas.[12 ]
Venezuela no ha dado ningún detalle acerca de sus intenciones de uso
y uso real de las minas retenidas―una medida acordada por los Estados
Partes en el Plan de Acción de Nairobi que surgió de la Primera
Conferencia de Examen.
Cuando en Noviembre de 2003 Venezuela informó sobre la
conclusión de la destrucción de las reservas, declaró que
retendría 5.000 minas antipersonal para
entrenamiento.[13] Posteriormente,
en Agosto de 2004, un representante del Ministerio de Relaciones Exteriores dijo
que quedaban un total de 4.960 minas antipersonal, de las cuales 3.960 minas
iban a ser destruidas en Octubre de 2004 en El Pao, estado de Cojedes, y 1000
iban a ser retenidas para entrenamiento.[14] En Diciembre de 2004, el Informe de
Minas Terrestres fue informado que la destrucción de las minas no se
realizó.[15] En Junio de
2005, el representante de Venezuela ante las reuniones de intersesionales del
Comité Permanente confirmó que no se había realizado la
destrucción y que todas las 4.960 minas antipersonal serían
retenidas para entrenamiento.[16]
Uso
En su Informe del Artículo 7 de Julio de 2005, Venezuela
informó de 1.073 minas antipersonal sembradas alrededor de seis puestos
navales entre Abril de 1995 y Marzo de 1997. Esto modificó el
número (1.036) y algunas fechas de colocación registrada en
anteriores Informes del Artículo 7. Destaca el hecho de que Venezuela
informara que fueron colocadas 57 SB-33 minas antipersonal en PNGUA (Guafitas)
en Marzo de 1997 en vez de Mayo de
1998.[17] El Monitor de Minas
Terrestres había observado que la fecha de Mayo de 1998 significaba que
Venezuela empleó minas antipersonal unos 5 meses después de haber
firmado el Trato de Prohibición de Minas el 3 de Diciembre de
1997.[18] Informes previos del
Monitor de Minas Terrestres han presentado amplios detalles sobre estos campos
de minas.[19]
Grupos armados no estatales colombianos están activos en la
región fronteriza venezolana, aunque el Monitor de Minas Terrestres no
recibió ninguna denuncia de uso de minas antipersonal en 2004 o 2005 por
parte de ellos, campesinos o propietarios de tierras en esta área. En
Mayo de 2005, el Monitor de Minas Terrestres visitó la Comunidad de San
Joaquín de Navay en la municipalidad de Libertador, estado de
Táchira, donde los medios de comunicación habían informado
en Diciembre de 2001 que las guerrillas pertenecientes a un grupo colombiano
llamado el Ejército Popular Latinoamericano (EPLA), estaban usando
“minas explosivas” alrededor de sus campos en territorio
venezolano.[20] El Prefecto, el
comandante del puesto local del Ejército y un profesor confirmaron el
incidente de 2001, el cual tuvo lugar en el sector de los Monos en el
área rural de la municipalidad. También dijeron que desde entonces
no se habían producido nuevos incidentes relacionados con minas
antipersonal.[21]
El Problema de las Minas Terrestres
El problema de las minas en Venezuela es consecuencia de las 1.074 minas
antipersonal colocadas por las fuerzas del gobierno alrededor de 6 puestos
navales a lo largo de la frontera con Colombia (Atabapo, Cararabo, Guafitas,
Isla Vapor, Puerto Páez y Río Internacional Arauca).
En Junio de 2005, Venezuela informó que había 1.073 minas
terrestres pendientes de ser removidas, debido a la detonación accidental
de una mina en Guafitas.[22] Una
investigación del incidente concluyó que el puesto de comando no
tenía mapas de los campos de minas, y que “hay áreas minadas
fuera de la zona
cercada.”[23 ]
Acción contra las Minas
El Tratado de Prohibición de Minas obliga a Venezuela a
destruir todas las minas antipersonal en las áreas minadas bajo su
jurisdicción y control lo antes posible y no más tarde del 1 de
Octubre de 2009.
El 19 de Agosto de 2004 una resolución del Ministerio de Defensa
designó a un oficial naval como Coordinador General de las operaciones de
entrenamiento y remoción de
minas.[24] En Julio de 2005,
Venezuela suministró por primera vez un programa de remoción de
las minas antipersonal colocadas alrededor de los puestos navales. Las minas
alrededor del puesto de la marina de Guafitas serán retiradas en Febrero
de 2007; puesto de la marina de Puerto Páez en Abril de 2007; puesto de
la marina de Atabapo en Febrero de 2008; puesto de la marina de la Isla de Vapor
en Abril de 2008; puesto de la marina del Río Internacional Arauca en
Febrero de 2009; puesto de la marina de Carabobo en Abril de 2009. Venezuela
también revisó las fechas informadas anteriormente en las cuales
las minas estaban colocadas en tres de los
puestos.[25]
Venezuela había planificado comenzar con las operaciones de
remoción de minas en Febrero de
2002.[26] Para Agosto de 2005, las
operaciones de limpieza todavía no habían comenzado. En Abril de
2005, un oficial militar señaló al Monitor de Minas Terrestres que
Venezuela no limpiaría los campos de minas hasta que se pudiera
establecer otro sistema de protección de los puestos navales, como un
sistema de alarma temprana que no incluyese armas o
explosivos.[27 ]
Víctimas de Minas Terrestres/MUSE y Asistencia a los Sobrevivientes
El 6 de Septiembre de 2004, un marino de 19 años en servicio
en el puesto naval de Guafitas pisó una mina mientras limpiaba una
área verde de un campo de minas no señalizado. El marino fue
trasladado en helicóptero al Hospital Militar de San Cristóbal
(estado de Táchira). Dos semanas más tarde fue transferido al
Hospital Militar de Caracas donde su pierna fue amputada encima de la rodilla.
Las Fuerzas Armadas continuaron pagándole un salario, le proporcionaron
una prótesis y lo transportaron diariamente a rehabilitación
física y psicológica al Hospital Militar del estado de
Vargas.[28] En Septiembre de 2005,
la familia del marino señaló al Monitor de Minas Terrestres que
los militares ya no apoyaban con el transporte a los servicios de
rehabilitación o el pago del salario y que desconocían su
categoría en el
Ejército.[29]
Venezuela ha reconocido otro marino sobreviviente de una mina. No se sabe de
sobrevivientes de minas terrestres civiles en
Venezuela.[30]
Un incidente con munición sin explotar fue reportado por los medios
de comunicación en 2004. El 26 de Febrero un hombre de 32 años y
sus dos hijos de siete y cinco años fallecieron y otro hombre
resultó herido después de pisar una granada de
fragmentación enterrada que explotó. El incidente tuvo lugar cerca
del Batallón de Infantería Rivas Dávila Nº 222, en la
municipalidad de Félix Sánchez Cánsales, estado de
Trujillo.[31]
Venezuela dispone de un sistema nacional de salud con servicios
especializados ubicados en los principales centros urbanos, incluyendo servicios
de rehabilitación.
[1] Entrevista telefónica
con Víctor Manzanares, Primer Secretario, Seguridad y Desarmamiento,
Ministerio de Asuntos Exteriores, Caracas, 4 de Febrero de 2000. [2]Entrevista con Farida
Yamín, Primer Secretario, Dirección de Asuntos Multilaterales,
Ministerio de Asuntos Exteriores, y Almirante Alcibíades Jesús
Paz, Ministerio de Asuntos Exteriores, Caracas, 20 de Agosto de 2004. [3]Reforma Parcial del
Código Penal, Gaceta Oficial, Número 38.148, 16 de Marzo de
2005. [4]Informes anteriores fueros
presentados el 10 de Septiembre de 2002 y el 15 de Mayoo de 2003. [5]Es un documento de tres
páginas que contiene cinco tablas (números 1, 2, 8, 3 y 4). [6]Informe del Artículo 7,
Formulario H, 15 de Mayo de 2003. Anteriormente el Departamento de Defensa de
los EE.UU. identificó a Venezuela como el productor de la mina
antipersonal de fragmentación improvisada MV-1. En Enero de 2002, el
Brigada General José Esteban Godoy Peña señaló al
Monitor de Minas Terrestres que Venezuela no había producido minas y
explicó que el MV-1 era una mina usada por las guerrillas en 1960,
conocida como trampas caza bobos. [7]Informe del Artículo 7,
Formulario B, 15 de Mayoo de 2003. [8 ]Carta de la Misión
Permanente de Venezuela en Ginebra a la Secretaría de la Conferencia de
Desarme de Naciones Unidas, 25 de Noviembre de 2003. En Septiembre de 2002,
Venezuela informó de una reserva de 22.136 minas antipersonal, pero en
Mayoo de 2003 informó de una cifra revisada de 46.135 minas antipersonal.
Informe del Artículo 7, Formulario B, 15 de Mayoo 2003; Informe del
Artículo 7, Formulario B, 10 de Septiembre de 2002. Considerando la
diferencia de 6.054 minas entre el número señalado en el Informe
del Artículo 7 de Mayoo de 2003 y el número suministrado a la
Secretaría General, el Ministerio de Asuntos Exteriores dijo que
había errores en la información ofrecida antes. Entrevista con
Farida Yamín, Ministerio de Asuntos Exteriores, y con Adm.
Alcibíades Jesús Paz, Ministerio de Relaciones Exteriores,
Caracas, 20 de Agosto de 2004. [9]Informe del Artículo
7, Tabla 1, “Minas destruidas que se encontraban almacenadas,” 4 de
Julio de 2005. Esta misma información fue proporcionada al Monitor de
Minas Terrestres en un correo electrónico de Yaneth Arocha, Primer
Secretario, Oficina del Viceministerio para Norteamérica, Ministerio de
Asuntos Exteriores, 28 de Junio de 2005. [10 ]La ICBL y diversos Estados
Partes intentaron obtener confirmación de Venezuela antes y
después del plazo de 1 de Octubre 2003 cuando Venezuela cumplió su
obligación, pero no recibió respuesta. [11 ]Informe del Artículo
7, Tabla 3, “Situación actual de las minas AP,” 4 Julio
2005. [12 ]Informe del Artículo
7, nota adjunta a la Tabla 1, “Minas destruidas que se encontraban
almacenadas,” y Tabla 8, “Situación actual de las minas
AP,” 4 Julio 2005. [13]Carta de la Misión
Permanente de Venezuela en Ginebra a la Secretaría de Naciones Unidas de
la Conferencia de Desarme, 25 Noviembre 2003. [14]Entrevista con Farida
Yamín y Adm. Alcibíades Paz, Ministerio de Relaciones Exteriores,
20 Agosto 2004. [15]Entrevista con militar que
solicitó anonimato, 3 Diciembre 2004. [16]Entrevista del Monitor de
Minas Terrestres (MAC) con Adm. Alcibíades Paz, Ministerio de Relaciones
Exteriores, Ginebra, 16 June 2005. [17]Informe del Artículo
7, Tabla 2, “Cuadro de sembrado actual de minas AP,” 4 Julio
2005. [18]El informe de Venezuela de
Mayo 2003 indicaba que sembró 20 minas antipersonal SB-33 en Guafitas in
Mayo 1998. Su informe de Septiembre 2002 indicaba que eran 58 SB-33 minas. Ver
Informe del Artículo 7, Formulario C, 15 Mayo 2003 e Informe del
Artículo 7, Formulario C, 10 Septiembre 2002. [19]Ver Informe Monitor de
Minas Terrestres 2004, pp. 861-863. [20]Ver Informe Monitor de
Minas Terrestres 2002, p. 520. La autoridad local dijo al Monitor de Minas
que según los medios de comunicación en ese tiempo, el EPLA era un
grupo disidente del ELN, Ejército de Liberación Nacional.
Entrevista telefónica con Antonio Molina, Prefecto, San Joaquín de
Navay, 24 Mayo 2005. [21]Entrevistas con Teniente
Pérez, Comandante, San Joaquín de Navay, Puesto del
Ejército, y Daniel Molina, profesor, San Joaquín de Navay, 22 Mayo
2005; entrevista telefónica con Antonio Molina, Prefecto, San
Joaquín de Navay, 24 Mayo 2005. [22]Correo-e de Yaneth Arocha,
Ministerio de Relaciones Exteriores, 28 Junio 2005. La cifra 1.073
también se cita en el Informe del Artículo 7, Tabla 2,
“Cuadro de sembrado actual de minas AP,” 4 Julio 2005. [23 ]Defensoría del
Pueblo, “Informe Anual 2004,” Caracas, 2005,
www.defensoria.gov.ve. [24]“Se designa al
Contralmirante Alcibíades Jesús Paz, Coordinador General de los
Cursos y Trabajos de Desminado de acuerdo a la Convención sobre la
prohibición del empleo, almacenamiento, producción y transferencia
de Minas Antipersonal y sobre su destrucción,” Gaceta
Oficial, Número 38.004, 19 Agosto 2004. [25]Informe del Artículo
7, Tabla 4, “Cronograma de destrucción de campos minados,” 4
Julio 2005. [26]Ver Informe Montor de
Minas Terrestres 2003, p. 863. [27 ]Entrevista con oficial
militar que solicitó anonimato, 20 Abril 2005. [28]Entrevista con Rimy Diego
Amundarain Salazar y su madre Rosalba del Valle Salazar, Barrio Montesano
(periferia de Caracas), Estado Vargas, 27 Mayo 2005. [29]Entrevista telefónica
con Rosalba del Valle Salazar, 24 Septiembre 2005. [30]Ver Informe Monitor de
Minas Terrestres 2004, p. 864. [31]D’Yahana M. De
Bastidas, “Dos niños y su papá murieron al pisar
granada” Últimas Noticias, 26 Febrero 2004, p. 16.