El Tratado sobre la Prohibición de las Minas se abrió a la
firma el 3 de diciembre de 1997. Tras obtener las 40 ratificaciones necesarias
en septiembre de 1998, el Tratado sobre la Prohibición de las Minas
entró en vigor el 1 de marzo de 1999, convirtiéndose en derecho
internacional de obligado cumplimiento. Se cree que esta ha sido la entrada en
vigor más rápida de la historia de un importante tratado
internacional. Desde el 1 de marzo de 1999, los Estados tienen que acceder al
Tratado y no pueden firmarlo simplemente con la intención de ratificarlo
posteriormente. Para el Estado que ratifica o se incorpora al Tratado,
éste entra en vigor el primer día del sexto desde de la fecha en
que el país deposita su instrumento. Dicho país tiene que
presentar su primer informe sobre medidas de transparencia al Secretario General
de la ONU en un plazo de 180 días (y anualmente después), destruir
las minas almacenadas antes de cuatro años y destruir las minas sobre el
terreno en un plazo de diez años. También tiene la
obligación de adoptar las medidas nacionales necesarias para su
cumplimiento, lo que incluye la imposición de sanciones penales.
Universalización
Un total de 134 países eran Estados Parte del Tratado sobre la
Prohibición de las Minas, a 31 de julio de
2003.[1] Otros 13 países lo
habían firmado, pero no
ratificado.[2] Por lo tanto, 147
países se han comprometido legalmente a cumplir las obligaciones
fundamentales del tratado, entre ellas el cese del empleo de minas
antipersonal.[3]
Desde la publicación del Informe 2002 del Monitor de Minas
Terrestres, otros nueve países se han convertido en Estados Parte.
Cuatro de ellos accedieron: Afganistán (11 de septiembre de 2002),
Comoras (19 de septiembre de 2002), República Centroafricana (8 de
noviembre de 2002) y Timor-Leste (7 de mayo de 2003). Cinco lo ratificaron:
Camerún (19 de septiembre de 2002), Gambia (23 de septiembre de 2002),
Chipre (17 de enero de 2003), Santo Tomé y Príncipe (31 de marzo
de 2003) y Lituania (12 de mayo de 2003).
Dos de estos nuevos Estados Parte están afectados por las minas
(Afganistán y Chipre).
Desde que el Tratado sobre la Prohibición de las Minas se abrió
a la firma en diciembre de 1997, más de tres cuartas partes de los
países del mundo se han incorporado. Lo que indica un rechazo global
generalizado a cualquier tipo de uso de las minas antipersonal y un amplio
compromiso con la limpieza de minas y la asistencia a los sobrevivientes de las
minas.
La mayoría de los países afectados por las minas son ahora
Estados Parte del Tratado sobre la Prohibición de las Minas. Entre ellos
se encuentran: Afganistán, Camboya y Tailandia en Asia; Angola, Chad,
República Democrática del Congo, Eritrea y Mozambique en
África; Albania, Bosnia y Herzegovina y Croacia en Europa; Colombia y
Nicaragua en las Américas. Estos países—algunos de los que
han usado más las minas antipersonal en el pasado—han renunciado
ahora a esta arma.
Todos los países del África Subsahariana, salvo Somalia, que no
tiene un gobierno en funcionamiento, son Estados Parte o signatarios; todos los
países del continente americano, excepto Estados Unidos y Cuba; todos los
miembros de la Unión Europea, salvo Finlandia; todos los miembros de la
OTAN, excepto Estados Unidos y Turquía (que está a punto de
acceder). Los principales países de la región de
Asia-Pacífico, tales como Australia, Indonesia y Japón, se han
incorporado.
En 2002 y 2003, se produjeron muchos movimientos alentadores hacia la
accesión o la ratificación en países que todavía no
son parte del Tratado sobre la Prohibición de las Minas. Bielorrusia
(Bielorrusia), con una de las mayores existencias de minas antipersonal del
mundo, completó todas las medidas nacionales necesarias para su
accesión el 30 de julio de 2003. El Parlamento de Serbia y Montenegro
aprobó legislación para acceder al Tratado sobre la
Prohibición de las Minas el 20 de junio de 2003. Los ministros de
relaciones exteriores de Grecia y Turquía afirmaron que sus países
iban a proceder a presentar simultáneamente sus respectivos instrumentos
de adhesión, después de haber completado todos los procedimientos
nacionales necesarios. En abril de 2003. la Asamblea Nacional de Guyana
aprobó la ratificación del Tratado sobre la Prohibición de
las Minas. En Burundi, un proyecto de ley para la ratificación del
Tratado sobre la Prohibición de las Minas fue adoptado por el Consejo de
Ministros en marzo de 2003 y aprobado por el Senado en junio de 2003. En mayo
de 2003, el Ministro de Relaciones Exteriores de Sudán, Mustafa Osman
Ismael, anunció que el Consejo de Ministros había aprobado oficial
y unánimemente el Tratado sobre la Prohibición de las Minas y lo
había transmitido al Parlamento para su ratificación.
El Primer Ministro de Estonia ha declarado que el gobierno está
considerando seriamente el acceso al Tratado sobre la Prohibición de las
Minas y ha iniciado el proceso de deliberaciones internas con este objetivo. En
abril de 2003, el Embajador de Letonia ante la Sede de la ONU en Ginebra dijo
que su país se incorporaría probablemente al Tratado sobre la
Prohibición de las Minas en 2004. En octubre de 2002, el gobierno de Sri
Lanka anunció su voluntad de acceder al Tratado sobre la
Prohibición de las Minas una vez que llegara a un acuerdo con el grupo
rebelde Tigres de Liberación de Eelam Tamil (LTTE) sobre el cese del
empleo de minas terrestres. Un funcionario de Papua Nueva Guinea
señaló en mayo de 2003 que completarían su
incorporación antes de la Quinta Reunión de Estados Parte, en
septiembre de 2003. En las Islas Cook, el Parlamento está considerando
legislación para la ratificación.
Las iniciativas sostenidas y sistemáticas de los Estados Parte, la
Campaña Internacional para la Prohibición de las Minas (ICBL), el
Comité Internacional de la Cruz Roja (CICR) y las agencias de las
Naciones Unidas (UN) continuaron. El Grupo de Contacto en pro de la
Universalización, coordinado por Canadá, se reunió varias
veces en 2002 y 2003 para plantear una estrategia e identificar los objetivos de
la universalización. Se celebraron numerosas conferencias regionales
importantes y otras reuniones y misiones en pro de la universalización,
incluido en Armenia, Azerbaiyán, Birmania, Etiopía, Indonesia,
Laos, Nepal, Polonia, Rusia, Sri Lanka, Turquía y Ucrania. (Véase
el capítulo sobre la ICBL en este Informe 2003 del Monitor de Minas
Terrestres). Para la mayoría de los países que se han
incorporado al Tratado desde 2000, parece existir una relación tangible
entre la celebración de reuniones de Estados Partes o entre
períodos de sesiones y su ratificación o accesión. Desde
febrero de 2000, 24 de los 44 Estados que ratificaron el tratado lo hicieron dos
semanas antes o después de dichas reuniones.
Prácticamente la totalidad de los 47 países no signatarios han
respaldado en algún momento la idea de una prohibición general de
las minas antipersonal, y muchos de ellos han adoptado, al menos parcialmente,
el Tratado sobre la Prohibición de las Minas. La Resolución 57/74
de la Asamblea General de las Naciones Unidas pidiendo la
universalización del Tratado sobre la Prohibición de las Minas fue
adoptada el 22 de noviembre de 2002 por 143 votos a favor, ninguno en contra y
23 abstenciones. Los mismos 18 países que votaron a favor de la
resolución habían hecho lo mismo el año anterior: Armenia,
Bahrein, Bielorrusia, Bhután, Estonia, Finlandia, Georgia, Letonia,
Mongolia, Nepal, Omán, Papua Nueva Guinea, Singapur, Sri Lanka, Tonga,
Turquía, Emiratos Árabes Unidos y
Yugoslavia.[4] Las 23 abstenciones
fueron cuatro más de las presentadas en una resolución similar el
año pasado. Tayikistán, Estado Parte, dijo que se
había abstenido por “error”.
A pesar de la gran y creciente cantidad de Estados Parte, existe
preocupación por la ralentización del ritmo de las ratificaciones
e incorporaciones. Hubo tres ratificaciones en diciembre de 1997, cuando se
celebró la conferencia para la firma del Tratado, después 55
ratificaciones o accesiones en 1998, 32 en 1999, 19 en 2000, 13 en 2001, ocho en
2002 y cuatro de enero a julio de 2003.
Son 47 (24 por ciento del total mundial) los países que todavía
no han accedido al Tratado. Esto incluye a tres de los cinco miembros
permanentes del Consejo de Seguridad: China, Rusia y Estados Unidos. La
mayoría de los países de Oriente Medio, la mayoría de las
antiguas repúblicas soviéticas y muchos países
asiáticos están fuera del Tratado. Los países con mayor
producción y existencias de minas, tales China, India, Pakistán,
Rusia y Estados Unidos no son parte del Tratado. Es más, se han
producido muy pocos o ningún cambio positivo en las políticas
relativas a la prohibición de algunos países, entre ellos Estados
Unidos, Rusia y China. La universalización sigue siendo el principal
desafío al que se enfrentan los que respaldan la prohibición.
Aplicación – El Programa de Trabajo entre períodos de
sesiones
Durante 2002-2003, el Programa de Trabajo entre períodos de sesiones,
establecido en 1999 para sacar adelante el trabajo relativo al Tratado sobre la
Prohibición de las Minas entre las Reuniones Anuales de Estados Parte,
continuó ayudando a mantener la atención internacional sobre el
problema global de las minas antipersonal, consolidar las iniciativas globales
de acción contra las minas, ofreciendo un panorama global de las
prioridades y contribuyendo al pleno cumplimiento del Tratado sobre la
Prohibición de las Minas. La ICBL siguió participando active y
plenamente en el proceso entre períodos de sesiones, lo que
demostró que se mantiene una alianza con los gobiernos.
Cado uno de los cuatro Comités Permanentes—asistencia a las
víctimas y reintegración socioeconómica; remoción de
minas, divulgación de los riesgos que implican las minas y
tecnologías para las actividades relativas a las minas;
destrucción de existencias; y la situación general y
funcionamiento de la Convención—se reunió dos veces 2002 y
dos veces en 2003 en la sede del Centro Internacional de Desminado Humanitario
de Ginebra (Geneva International Center for Humanitarian Demining,
GICHD). Un Programa de Acción presentado por el Presidente de la Cuarta
Reunión de Estados Parte (Bélgica) sirvió de base para la
planificación del cuarto año de trabajo entre períodos de
sesiones.Los Comités Permanentes se concentraron que nunca en
las necesidades, los vacíos y los recursos disponibles para la
aplicación del Tratado sobre la Prohibición de las Minas,
especialmente los aspectos relativos a la acción contra las minas, en el
período previo a la primera Conferencia de Examen de noviembre de
2004.
El Comité de Coordinación (CC) de los Estados Parte se
reunió mensualmente en 2002 y 2003, presidido por el Presidente de la
Cuarta Reunión de Estados Parte. El CC está integrado por los
Copresidentes y Correlatores de los Comités Permanentes entre
períodos de sesiones, los coordinadores de los Grupos de Contacto
oficiosos en pro de la Universalización (Canadá), de los
Artículos 7 y 9 (Bélgica), Movilización de Recursos
(Noruega) y del grupo de donantes del Programa de Patrocinio (Reino Unido) y los
presidentes de las anteriores y próximas Reuniones de Estados Parte. En
las reuniones se discutieron asuntos prácticos sobre la
coordinación del Programa de Trabajo entre períodos de sesiones y
los preparativos para las Reuniones Anuales de Estados Parte. La ICBL y el
CICR continuaron participaron en estas reuniones de manera regular.
Desde que la Unidad de Apoyo al Cumplimiento (UAC) del Tratado sobre la
Prohibición de las Minas empezó a funcionar en enero de 2002, ha
demostrado con creces su valía asegurando la mejora de los preparativos
de los reuniones entre períodos de sesiones, ofreciendo un apoyo valioso
a todos los países interesados, sirviendo de fuente de información
y contribuyendo al pensamiento estratégico sobre cómo alcanzar los
objetivos generales del Tratado. La ICBL colabora muy estrechamente con la UAC.
La UAC junto con el grupo de donantes del Programa de Patrocinio ayuda a hacer
posible la plena participación en el programa entre períodos de
sesiones de los países afectados por las minas con limitados recursos.
La participación en las reuniones entre períodos de sesiones de
los Comités Permanentes de febrero y mayo de 2003 alcanzó niveles
récord, con la asistencia de más de 500 personas, en
representación de 126 países (96 Estados Parte y 30 Estados no
Parte), docenas de miembros de la ICBL, investigadores del Monitor de Minas
Terrestres, el CICR, organizaciones internacionales y regionales, agencias de la
ONU e instituciones académicas.
Convención sobre Armas Convencionales
Un total de 90 países eran Estados Parte de la Convención sobre
Armas Convencionales (CAC), a 31 de julio de 2003. En diciembre de 2001, los
Estados Parte de la CAC acordaron ampliar su alcance para que fuera aplicable a
los conflicto armados internos, además de a los internacionales. En julio
de 2003, 14 países habían ratificado esta enmienda del
artículo 1 de la
Convención.[5] Los Estados
Parte también acordaron formar un Grupo de Expertos Gubernamentales para
explorar los problemas planteados por los restos materiales explosivos de guerra
(RMEG) y las minas distintas de las minas antipersonal (MDMA).
En diciembre de 2002, los Estados Parte acordaron un mandato para negociar un
instrumento sobre medidas genéricas especiales para los RMEG y continuar
el trabajo sobre MDMA. La ICBL y otras ONG han emplazado a los Estados Parte a
que concluyan un instrumento fuerte, efectivo y de cumplimiento obligatorio en
2003 sobre el problema más amplio de los restos materiales explosivos de
guerra, incluidas las municiones de racimo. La ICBL y otras ONG también
han reclamado la negociación de un instrumento legal de cumplimiento
obligatorio para poner fin a las víctimas civiles de las minas
antivehículo, y ha animado a los Estados Parte a que examinen sus
arsenales nacionales con el fin de tomar medidas para eliminar las minas
antivehículo con detonadores sensibles o mecanismos
antimanipulación que las hacen funcionar como minas antipersonal,
prohibidas por el Tratado sobre la Prohibición de las Minas.
El Grupo de Expertos Gubernamentales se reunió durante dos semanas en
marzo de 2003 y en junio de 2003. Se volverá a reunir en noviembre. El
Embajador Chris Sanders de los Países Bajos, coordinador del trabajo del
grupo sobre RMEG, presentó un proyecto de documento marco en marzo y un
proyecto de instrumento en junio. No está claro si las negociaciones
concluirán en noviembre; ya que, aunque la mayoría de los Estados
Parte respaldan un nuevo protocolo sobre RMEG, Estados Unidos y unos cuantos
países han planteado objeciones a un instrumento de obligado
cumplimiento.
Un total de 69 países eran Estados Parte del Protocolo II Enmendado de
la CAC, a 31 de julio de 2003. El Protocolo II Enmendado regula las minas
terrestres, las armas trampa y otros dispositivos; entró en vigor el 3 de
diciembre de 1998. Sólo diez de los 69 Estados Parte Protocolo II
Enmendado no se han incorporado al Tratado sobre la Prohibición de las
Minas: China, Estonia, Finlandia, India, Israel, Letonia, Marruecos,
Pakistán, Corea del Sur y Estados Unidos. Varios de ellos han indicado
que accederán probablemente al Tratado sobre la Prohibición de las
Minas, entre ellos Estonia, Letonia y Finlandia. Por lo tanto, muy pocos de los
Estados Parte del Protocolo II Enmendado continúan ejerciendo el derecho
a utilizar minas antipersonal.
Se sabe que dos Estados Parte del Protocolo II Enmendado han empleado minas
antipersonal desde diciembre de 1998: India y Pakistán. Las fuerzas de
Estados Unidos en Afganistán han incorporado campos de minas de la era
soviética a su perímetro defensivo, obteniendo una ventaja militar
de estos campos de minas. India, Pakistán y Estados Unidos tienen la
obligación de cumplir los requisitos del Protocolo II Enmendado de la CAC
de marcar el emplazamiento de los campos de minas y procurar la exclusión
efectiva de la población civil. Sin embargo, ninguno de estos
países aportó información detallada sobre las medidas
adoptadas en sus informes nacionales anuales relativos al Protocolo II
Enmendado, presentados en diciembre de 2002.
China y Pakistán aplazaron el cumplimiento de los requisitos sobre
detectabilidad de las minas antipersonal, de conformidad con el Anexo
Técnico al Protocolo II Enmendado, hasta el 3 de diciembre de 2007.
Ninguno de los dos países ha aportado hasta ahora información
sobre las medidas tomadas para cumplir el requisito de detectabilidad.
Bielorrusia, China, Grecia, Israel, Pakistán, Rusia, Corea del Sur,
Turquía, Ucrania y Estados Unidos cuentan en sus arsenales con sistemas
de minas antipersonales lanzados a distancia, mientras que India los está
desarrollando. Bulgaria, Italia, Japón, Países Bajos,
Turkmenistán y el Reino Unido han destruido sus existencias de minas
antipersonal lanzadas a distancia de conformidad con el artículo 4 del
Tratado sobre la Prohibición de las Minas.
China, Pakistán y Ucrania, Estados Parte del Protocolo II Enmendado,
han aplazado el cumplimiento del requisito de autodestrucción y
desactivación automática de las minas antipersonal lanzadas a
distancia, dispuesto en el Anexo Técnico. Tiene un plazo de nueve
años para cumplir totalmente las especificaciones técnicas. La
fecha final de estas medidas es el 3 de diciembre de 2007 para China y
Pakistán y el 15 de mayo de 2008 para Ucrania. Ucrania, signatario del
Tratado sobre la Prohibición de las Minas, está tomando medidas
para destruir sus 5,9 millones de minas antipersonal lanzadas a distancia del
tipo PFM. India y Pakistán han informado de que está
desarrollando y probando nuevas minas antipersonal lanzadas a distancia
compatibles con el Anexo Técnico.
Uso global de minas antipersonal
La disminución del uso global de las minas antipersonal que
empezó a afianzarse a mediados de los noventa se mantuvo en este
período informativo. En los últimos años, las minas
antipersonal han sido utilizadas por menos países y en menores cantidades
de lo que se hizo desde los sesenta hasta principios de los noventa, cuando se
creó la crisis global de las minas terrestres. Se han producido notables
desviaciones del patrón de disminución del uso, pero la tendencia
general ha sido positiva, incluso con respecto a los Estados que no parte del
Tratado, ya que se difundido la norma internacional contra las minas
antipersonal.
En este período informativo, iniciado en mayo de 2002, el Monitor de
Minas Terrestres ha confirmado que seis gobiernos usaron minas antipersonal:
India, Irak, Myanmar (Birmania), Nepal, Pakistán y Rusia; en
comparación con el uso por parte de los nueve países citados en el
Informe 2002 del Monitor de Minas Terrestres y los 13 gobiernos del
Informe 2001 del Monitor de Minas
Terrestres.[6] Existen
alegaciones fiables del uso por parte de otros tres gobiernos, pero el Monitor
de Minas Terrestres no ha podido confirmar definitivamente estas acusaciones:
Burundi, Georgia y Sudán. Los tres gobiernos niegan rotundamente haber
usado minas antipersonal.
A julio de 2003, parece que sólo Myanmar y Rusia están
sembrando minas antipersonal de manera regular. India, Pakistán y Nepal
han detenido sus operaciones de instalación de minas y el gobierno de
Irak ha dejado de existir. Desde el cese de las operaciones de
instalación de minas por India y Pakistán, a mediados de 2002,
ningún gobierno ha realizado un uso masivo y sostenido de minas
antipersonal.
Es probable que, durante el período informativo, los que usaron
más minas fueran las fuerzas gubernamentales de Myanmar, Nepal y Rusia
(en Chechenia). El empleo más intensivo de minas antipersonal por parte
de grupos rebeldes se produjo probablemente también en estos tres
países, además de Colombia.
Estados Parte del Tratado sobre la Prohibición de las Minas
En este período informativo, el Monitor de Minas Terrestres no ha
hallado pruebas concretas del uso de minas antipersonal por parte de
ningún Estado Parte del Tratado sobre la Prohibición de las Minas.
Países signatarios del Tratado sobre la Prohibición de las Minas
El Monitor de Minas Terrestres no puede concluir de forma definitiva que
ningún gobierno signatario empleara minas antipersonal durante este
período informativo. Sin embargo, El Monitor de Minas Terrestres ha
recibido informes más comprometedores que nunca del uso de minas
antipersonal dentro Burundi por parte de las fuerzas gubernamentales, así
como las fuerzas rebeldes. El gobierno niega firmemente estas acusaciones y
afirma que sólo los rebeldes usan minas. En Sudán, el gobierno y
las fuerzas rebeldes intercambiaron acusaciones sobre el uso de minas, aunque
ambos niegan cualquier responsabilidad.
Ecuador y Venezuela, Estados Parte, indicaron en sus informes sobre medidas
de transparencia presentados con arreglo al artículo 7 que usaron minas
antipersonal después de la firma del Tratado sobre la Prohibición
de las Minas, en diciembre de 1997, pero antes de su entrada en vigor. Angola,
ahora Estado Parte, también ha reconocido su uso antes de la
ratificación del Tratado. La ICBL cree que el uso de minas antipersonal
por un país signatario es una violación del derecho internacional
humanitario, dado que la Convención de Ginebra sobre el Derecho de los
Tratados declara que los signatarios de un tratado deben abstenerse de actos en
virtud de los cuales se frustren el objeto y el fin del mismo.
Países no signatarios del Tratado sobre la Prohibición de las
Minas
Los gobiernos de India, Pakistán, Nepal y Rusia han reconocido el uso
de minas antipersonal en este período informativo. Está claro que
las fuerzas gubernamentales de Myanmar continuaron sembrando minas. Las fuerzas
de Saddam Hussein utilizaron minas antipersonal en el período previo y
durante el conflicto iraquí de 2003. Ha habido informes fiables sobre el
uso por parte de Georgia, pero el gobierno lo niega.
Actores armados no estatales
Se ha informado de que los grupos de oposición han usado minas
antipersonal en al menos 11 países. Los actores no estatales han
empleado minas en Birmania (Myanmar), Burundi, Colombia, República
Democrática del Congo, Georgia (en Abjazia), India, Nepal, Filipinas,
Rusia (en Chechenia), Somalia y Sudán; en comparación con los
informes sobre su uso por parte de actores no estatales en al menos 14
países en el anterior período informativo.
Además, se ha denunciado un pequeño número de incidentes
de uso de minas antipersonal, artefactos explosivos improvisados o armas trampa
por parte de actores no estatales en países tales como Afganistán,
Argelia, Indonesia y Serbia y Montenegro (incluido Kosovo).
Acontecimientos fundamentales desde el Informe 2002 del Monitor de Minas
Terrestres
Cese del uso de minas antipersonal
El uso de minas antipersonal por parte tanto del gobierno como de las fuerzas
rebeldes en tres de los países más afectados por las minas
cesó durante el anterior período informativo del Monitor de Minas
Terrestres. Cesó el uso en Afganistán (a parte de unos cuantos
incidentes esporádicos) con la caída de los talibanes a finales de
2001, en Sri Lanka con los altos el fuego de diciembre de 2001 y en Angola con
el acuerdo de paz de abril de 2002.
Después del aumento del uso por las fuerzas tanto gubernamentales como
rebeldes de Nepal en 2002, el empleo por parte de ambas parte ha sido
mínimo o nulo desde el alto el fuego de enero de 2003. En algún
momento de 2002, aparentemente a mediados de año, India y Pakistán
detuvieron sus principales operaciones de instalación de minas iniciadas
en diciembre de 2001.
Inicio del uso de minas antipersonal
Irak es el único gobierno que se suma a la lista de países que
han utilizado minas antipersonal en este período informativo. En marzo y
abril de 2003, instaló considerables cantidades de minas antipersonal y
antivehículo en numerosos lugares del país. Las fuerzas de la
Coalición no usaron minas antipersonal.
Se identificó el uso por parte de otros dos grupos rebeldes (New Mon
State Party y Hongsawatoi Restoration Party) en Birmania, lo que sumó un
total de 15 grupos en dicho país. El Frente Moro de Liberación
Nacional (FMLN) de Filipinas reanudó el uso minas antipersonal, a pesar
de haber firmado el Llamamiento de Ginebra que prohíbe su uso.
Continuación y aumento del uso de minas antipersonal
Hubo un aumento sustancial del uso de minas antipersonal y artefactos
explosivos improvisados por parte del gobierno y de las fuerzas rebeldes
maoístas en Nepal en 2002. El gobierno reconoció abiertamente por
primera vez su uso y admitió haber sembrado unas 10.000 minas en los 75
distritos del país. Como se señaló anteriormente, el alto
al fuego de enero de 2003 ha provocado un cese virtual del uso de minas en
Nepal.
También aumentó el uso por parte de las fuerzas guerrilleras de
Colombia, especialmente las FARC-EP y la UC-ELN, así como las fuerzas
paramilitares de las AUC. El gobierno registró 638 incidentes de uso de
minas en 2002.
Se informó de que el uso estaba creciendo en Burundi y se acusó
tanto a los rebeldes como a las fuerzas gubernamentales. La ONU
señaló que: “en 2002 se vivió una escalada del
conflicto y aumentos del uso de minas en provincias tales como Gitega y
Mwaro”. Algunos incidentes ocurridos en Burundi apuntan a un uso
continuado de las minas por ambos bandos, incluso después del acuerdo de
alto el fuego de diciembre de 2002 que prohíbe su uso.
En Birmania, las fuerzas gubernamentales y 15 grupos rebeldes diferentes
usaron minas antipersonal; durante este período informativo, parece que
la instalación de minas fue más intensa en el estado de Karen.
También continuo el uso minas antipersonal por parte tanto de las
tropas federales rusas como de los rebeldes en Chechenia; se dijo que estos
últimos sembraron minas casi a diario.
El gobierno de Georgia tiene en vigor una moratoria sobre el uso de minas
antipersonal desde septiembre de 1996. Sin embargo, ha habido informes fiables
del uso tanto en 2001 como en 2002 en zonas cercanas a Abjazia. Las autoridades
abjazas han declarado que, a mediados de 2002, las tropas de Abjazia y de
Georgia minaron áreas alrededor del paso montañoso de Marukh. El
gobierno de Georgia niega todo uso de minas antipersonal.
La instalación de minas por parte de India y Pakistán, iniciada
en diciembre de 2001, continuó probablemente durante este período
informativo, pero cesó aparentemente a mediados de 2002. India
podría haber sembrado millones de minas en la frontera.
También en India, los actores no estatales continuaron usando minas
antipersonal y artefactos explosivos improvisados en Jammu y Cachemira, y la
parte central y nororiental del país. Una serie de grupos rebeldes de la
República Democrática del Congo, entre ellos RCD-Goma, UPC, RCD-ML
y MLC, usaron presuntamente minas. Hubo denuncias del uso continuado por varias
facciones en Somalia. En Filipinas, además del nuevo uso por parte del
FMLN, el Nuevo Ejército del Pueblo y el Grupo Abu Sayyaf continuaron
usando minas.
Producción global de minas antipersonal
Al menos 36 países han cesado la producción de minas
antipersonal, 30 de ellos son Estados Parte del Tratado sobre la
Prohibición de las Minas.[7]
Los otros seis son Finlandia, Grecia, Israel, Polonia, Serbia y Montenegro y
Turquía. Taiwán también ha detenido la producción.
El Monitor de Minas Terrestres identifica a 15 países que
continúan produciendo minas terrestres antipersonal. Este año, el
Monitor de Minas Terrestres agrega Nepal a la lista, como consecuencia de la
admisión pública de los funcionarios del gobierno de que ha habido
producción. Esto supone la primera vez que aumenta el número de
productores de minas antipersonal desde que el Monitor de Minas Terrestres
empezara sus informes en 1999.
Productores de minas antipersonal
Birmania, China, Cuba, Egipto, India, Irán, Irak,
Nepal, Corea del Norte, Corea del Sur, Pakistán, Rusia, Singapur, Estados
Unidos, Vietnam
Nueve de los 15 países productores están en Asia (Birmania,
China, India, Nepal, Corea del Norte, Corea del Sur, Pakistán, Singapur y
Vietnam), tres en Oriente Medio (Egipto, Irán e Irak), dos en las
Américas (Cuba y Estados Unidos) y uno en Europa (Rusia).
India y Pakistán participan activamente en la producción de
nuevas minas antipersonal compatibles con el Protocolo II Enmendado del CAC.
Sin embargo, en el caso de la mayoría de los demás países,
se desconoce si sus líneas de producción estuvieron activas en
2002 y 2003.
En varios casos, parece que no ha habido producción durante una serie
de años. Estados Unidos no ha producido minas antipersonal desde 1997.
Corea del Sur solo produjo minas Claymore en 1998-2000 y ninguna mina desde
entonces. Egipto ha declarado extraoficialmente que cesó la
producción en 1988. Rusia ha declarado que no ha producido ni
suministrado a sus tropas minas antipersonal del tipo PFM-1. PMN, PMN-2 y PMN-4
en los últimos ocho años.
En septiembre de 2002, Irán dijo que no había producido minas
antipersonal desde el final de su guerra con Irak en 1988. Sin embargo, en el
informe del año pasado del Monitor de Minas Terrestres se informó
que las organizaciones de desminado habían hallado en Afganistán
cientos de minas antipersonal de fabricación iraní con sellos de
fabricación de 1999 y 2000.
Es presumible que, desde que la Coalición ocupó Irak, haya
cesado cualquier producción que pudiera haber tenido lugar. El Monitor
de Minas Terrestres mantendrá a Irak en la lista de productores hasta que
un nuevo gobierno renuncie oficialmente a la producción de minas
antipersonal.
Comercio global de minas antipersonal
En los últimos años, las conclusiones del Monitor de Minas
Terrestres demuestran que el comercio de minas antipersonal ha quedado reducido
a un nivel muy bajo de tráfico ilícito e intercambios no
reconocidos. El alcance y la naturaleza del comercio global de minas
terrestres, que ahora parece extinto, se refleja en los informes sobre medidas
de transparencia del Tratado sobre la Prohibición de las Minas. Entre
marzo de 1999 y julio de 2003, 39 Estados Parte declararon existencias de minas
antipersonal importadas de al menos 23 países en sus informes sobre
medidas de transparencia presentados con arreglo al artículo
7.[8] Es probable que esta cifra
aumente el año próximo, cuando más países presenten
sus primeros informes sobre medidas de transparencia. Los Estados Parte han
incluido una importante información suplementaria sobre los países
de origen y las fechas de adquisición de sus existencias de minas
antipersonal.
La prohibición global de facto de la transferencia de minas
antipersonal, establecida durante el período 1992-1997, ha sido
reconfirmada y extendida en 2002. Varios países ajenos al Tratado sobre
la Prohibición de las Minas han extendido su moratoria sobre las
exportaciones y las transferencias de minas antipersonal durante este
período informativo. Bielorrusia extendió su moratoria hasta
finales de 2007. China reafirmó su moratoria limitada en diciembre de
2002. Israel extendió su moratoria sobre las exportaciones hasta julio
de 2005. Polonia adoptó una ley prohibiendo toda transferencia. Rusia
continúa respetando su moratoria limitada sobre las exportaciones
mientras se dispone a extenderla. Singapur afirma que su moratoria indefinida
sigue en vigor. Corea del Sur anunció la extensión indefinida de
su moratoria en diciembre de 2002. Turquía hizo permanente su moratoria
sobre las exportaciones. Estados Unidos extendió su moratoria sobre las
exportaciones hasta octubre de 2008.
Siguen habiendo dudas sobre las exportaciones desde Irán. El
Informe 2002 del Monitor de Minas Terrestres señaló que se
habían hallado nuevas minas antipersonal iraníes en
Afganistán y que también se había interceptado un
cargamento que se dirigía a Palestina. Irán promulgó una
moratoria sobre las exportaciones en 1997, pero se desconoce si sigue
oficialmente en vigor.
A continuación presentamos algunos ejemplos de una posible
continuación del tráfico ilícito. Según un
artículo de prensa, en mayo de 2003, un tribunal de Panamá
condenó a cuatro panameños y a tres colombianos a 20 y 60 meses de
prisión por intentar importar a Colombia armas adquiridas en Nicaragua,
que incluían 13 minas antipersonal de fabricación rusa. Un
antiguo funcionaria de la República Centroafricana dijo que se
habían introducido minas terrestres en el país procedentes de Chad
durante la intentona golpista de octubre de 2002; no existe una
confirmación independiente de esta alegación. En julio de 2003,
el Jefe del Gobierno Nacional de Transición de Somalia acusó a
Etiopía de suministrar armamento, incluidas minas terrestres, a las
facciones somalíes; Etiopía desmintió la acusación.
Una información de prensa publicada en noviembre de 2002 afirmó
que los funcionarios aduaneros turcos habían detenido un detenido que
transportaba un gran cargamento de armas, incluidas minas antipersonal, en la
frontera con Georgia, que presuntamente provenían de
Kazajstán.
Transferencias para fines permitidos por el Tratado sobre la Prohibición
de las Minas
El artículo 3 del Tratado sobre la Prohibición de las Minas
permite la transferencia de minas antipersonal para su destrucción o para
necesidades de adiestramiento o desarrollo de técnicas. Durante 2002,
dos compañías de Alemania recibieron desde el extranjero
diferentes cantidades de minas antipersonal para su destrucción.
Spreewerk Lubben destruyó 42.175 minas procedentes de Taiwán. La
empresa EBV destruyó 5.984 BLU-92 minas antipersonal Gator transferidas
por los Países Bajos. En 2001, Canadá informó de la
transferencia de 180 minas procedentes de Estados Unidos y de 110 desde
Yugoslavia y Ecuador transfirió 1.644 minas a Estados Unidos, todas ellas
para el desarrollo de técnicas de desminado.
Existencias globales de minas antipersonal
El Monitor de Minas Terrestres calcula que hay actualmente 200-215 millones
de minas antipersonal almacenadas en 78 países. Esta nueva
estimación refleja los avances concretos en el cumplimiento del Tratado
sobre la Prohibición de las Minas y el rechazo de esta arma, incluso
entre los países que no son parte del Tratado. El Informe 2002 del
Monitor de Minas Terrestres citó una cifra estimada de 230 millones
de minas antipersonal almacenadas en todo el mundo. La rápida
destrucción de las existencias de minas antipersonal es la causa de esta
disminución, sobre todo la revelación de que Rusia ha destruido 17
millones de minas antipersonal desde 1996.
El Monitor de Minas Terrestres calcula que 22 Estados Parte del Tratado sobre
la Prohibición de las Minas almacenaban entre un millón y dos
millones de minas antipersonal, a 31 de julio de 2003. El margen considerable
de la estimación se debe a que varios nuevos Estados Parte, como
Afganistán, Angola, República Democrática del Congo y
Eritrea, que podrían tener considerables arsenales todavía no los
han declarado.
El Monitor de Minas Terrestres estima que 13 signatarios del Tratado sobre la
Prohibición de las Minas tienen aproximadamente en existencia entre 8,5 y
9 millones de minas antipersonal. Ucrania ha informado de que posee un arsenal
de 6,35 millones. Polonia y Grecia declararon recientemente existencias que
superan el millón minas antipersonal cada uno. En mayo de 2002, Indonesia
desveló que tenía un arsenal de 16.000 minas antipersonal. Estas
declaraciones voluntarias, así como la de Serbia y Montenegro,
país no signatario, fueron indicadores de su compromiso de contribuir a
los objetivos del Tratado sobre la Prohibición de las Minas. Es probable
que Etiopía y Sudán también posean existencias, aunque
Sudán afirma que sólo tiene minas con fines de adiestramiento.
Brunei, Burundi y Guyana también reconocen tener minas antipersonal. Es
poco probable que las Islas Cook, Haití, las Islas Marshall y Vanuatu,
países signatarios, tengan arsenales de minas antipersonal.
El Monitor de Minas Terrestres calcula que el mayor número de minas
antipersonal, entre 190 millones y 205 millones, se encuentran en los arsenales
de los países que no son parte del Tratado sobre la Prohibición de
las Minas. Las mayores existencias pertenecen probablemente a China (110
millones estimados) y Rusia (50 millones estimados). Entre otros países
con grandes existencias se encuentran Estados Unidos (10,4 millones),
Pakistán (6 millones estimados) India (4-5 millones estimados),
Bielorrusia (4,5 millones), Corea del Sur (2 millones) y Serbia y Montenegro
(1,3 millones). Se considera que otros países que no forman parte del
Tratado, como Birmania, Egipto, Finlandia, Irán, Irak, Israel, Corea del
Norte, Siria, Turquía y Vietnam, también tienen arsenales
cuantiosos.
Rusia ha manifestado públicamente por primera vez que destruyó
más de 16,8 millones de minas antipersonal almacenadas entre 1996 y 2002.
Esta sorprendente información no se ajusta a anteriores declaraciones y
documentos. Teniéndola en cuenta, el Monitor de Minas Terrestres ha
reducido su cálculo de las existencias de Rusia a 50 millones de minas
antipersonal.
Además de los gobiernos, muchos grupos rebeldes también tienen
existencias de minas antipersonal, incluidos los grupos en Birmania, Chechenia,
Colombia, RD del Congo, Cachemira, Filipinas, Somalia, Sri Lanka, Sudán y
Uganda.
Acontecimientos relacionados con las existencias desde mayo de 2002
Estados Parte
Argelia declaró un arsenal de 165.080 minas antipersonal.
Bangladesh declaró un arsenal de 204.227 minas antipersonal.
Chile declaró un arsenal de 213.076 minas antipersonal.
La República del Congo declaró un arsenal de 5.090 minas
antipersonal.
Chipre reveló voluntariamente que tenía un arsenal de 48.615
minas antipersonal.
Guinea-Bissau declaró un arsenal de 4.997 minas antipersonal.
Lituania reveló voluntariamente que contaba con 8.091 minas
antipersonal.
Mauricio declaró un arsenal de 93 minas antipersonal.
Tayikistán declaró un arsenal de 3.339 minas antipersonal bajo
su control y 18.200 minas bajo el control de las tropas rusas.
Tanzania declaró un arsenal de 23.987 minas antipersonal.
Togo declaró un arsenal de 436 minas antipersonal.
Venezuela revisó su declaración de un arsenal de 22.136 minas
antipersonal, y reconoció contar con 46.136.
Estados que no son parte del Tratado
Grecia declaró voluntariamente un arsenal de 1.078.557 minas
antipersonal.
Letonia declaró voluntariamente un arsenal de 2.980 minas
antipersonal.
Polonia declaró voluntariamente que posee 1.055.971 minas
antipersonal.
Serbia y Montenegro declaró voluntariamente un arsenal de 1.320.621
minas antipersonal.
Se ha actualizado la cifra de las existencias de Estados Unidos y reducido a
10,4 millones, partiendo de la información facilitada por el Congreso en
2002.
Destrucción de existencias
Desde 1992, un total de 69 países han destruido aproximadamente 52
millones de minas antipersonal. De los Estados Parte del Tratado sobre la
Prohibición de las Minas, 63 han destruido 30 millones de minas
antipersonal. Desde mayo de 2002,18 Estados Parte han completado la
destrucción de sus existencias, eliminando un total combinado de 10,8
millones de minas antipersonal durante el transcurso de sus programas de
destrucción. Unos 3 millones de minas fueron destruidos el año
pasado por Estados Parte y más de un millón por países que
no son parte del Tratado (Rusia, Ucrania, Bielorrusia y Somaliland).
El 1 de marzo de 2003 marcó un hito en la aplicación del
Tratado sobre la Prohibición de las Minas: el final del plazo de cuatro
años para la destrucción de las minas antipersonal almacenadas por
todos los países que formaban parte del Tratado en el momento de su
primera entrada en vigor, el 1 de marzo de 1999. El cumplimiento de esta
obligación por los Estados Parte no sólo era una prueba de la
salud y la viabilidad del Tratado, sino una muestra de las repercusiones de esta
norma sobre las minas antipersonal. Los avances positivos de los Estados Parte
con respecto a la destrucción de las minas almacenadas también han
motivado a países que no forman parte del Tratado a eliminar sus minas
antipersonal.
Al parecer, todos los Estados Parte, cuyo plazo se cumplía el 1 de
marzo de 2003, han cumplido con su obligación, con la excepción
menor de Yibuti, que se retrasó dos días, y el importante problema
relativo a Turkmenistán, que informó de la finalización de
la destrucción, pero declaró que iba a retener 69.200 minas
antipersonal. La ICBL ha expresado su opinión de que la retención
de tal cantidad de minas significa, de hecho, que Turkmenistán no ha
destruido completamente sus existencias y no está reteniendo la
“cantidad mínima absolutamente necesaria”, como exige el
Tratado, violando una obligación fundamental del mismo.
Un total de 99 Estados Parte han completado la destrucción de sus
existencias de minas antipersonal, o declarado que nunca tuvieron minas. De los
Estados Parte 53 han completado la destrucción de sus
existencias,[9] 18 de ellos desde la
publicación del Informe 2002 del Monitor de Minas Terrestres:
Brasil, Chad, Croacia, Yibuti, El Salvador, Italia, Japón, Jordania,
ERY de Macedonia, Moldavia, Mozambique, Países Bajos, Nicaragua,
Portugal, Eslovenia, Tailandia, Turkmenistán y Uganda.
Son 48 los Estados Parte que han declarado oficialmente que no tienen
existencias de minas
antipersonal.[10] En este
período informativo, Barbados, Comores, Dominica, Gambia, Ghana, Malawi,
Maldivas, Níger, Seychelles y Trinidad y Tobago han declarado
oficialmente que no poseen existencias de minas antipersonal.
Doce Estados Parte se encuentran en proceso de destrucción de sus
existencias. Seis han iniciado el proceso de destrucción desde la
publicación del anterior Informe del Monitor de Minas Terrestres:
Afganistán, RD del Congo, Guinea-Bissau, Tayikistán, Tanzania y
Venezuela. Otros seis continuaron sus programas de destrucción:
Argentina, Chile, Colombia, Rumania, Túnez y Uruguay.
Cuatro Estados Parte (Argelia, Bangladesh, República del Congo y
Kenya) no han comenzado el proceso de destrucción, pero todos ellos han
desarrollado un plan para la destrucción de sus existencias antes del
plazo marcado por el Tratado.
Son 15 los Estados Parte que no han declarado oficialmente la presencia o
ausencia de existencias de minas antipersonal porque no han presentado a tiempo
sus informes sobre medidas de
transparencia.[11] Se ha cumplido
el plazo para la destrucción de las existencias para tres de estos
países (Guinea Ecuatorial, Guinea y
Namibia).[12]
Cuatro Estados Parte anunciarán sus planes cuando presenten sus
informes iniciales sobre medidas de transparencia: República
Centroafricana, Chipre, Timor-Leste y Santo Tomé y
Príncipe.[13]
Acontecimientos relativos a la destrucción de existencias desde mayo de
2002
Destrucción completada
Brasil completó la destrucción de sus existencias con la
destrucción de 27.397 minas antipersonal entre diciembre de 2001 y enero
de 2003.
Chad completó la destrucción su arsenal de 4.490 minas
terrestres antipersonal en enero de 2003.
Croacia completó la destrucción su arsenal de 199.003 minas
antipersonal en octubre de 2002.
Yibuti destruyó sus existencias de 1.118 minas antipersonal el 2 de
marzo de 2003.
El Salvador completó la destrucción su arsenal de 6.539 minas
antipersonal el 20 de febrero de 2003.
Gabón informó que su arsenal de 1.082 minas antipersonal fue
destruido cuando el Tratado entró en vigor en el país.
Italia completó la destrucción de su arsenal de 7,1 millones
de minas antipersonal en noviembre de 2002.
Japón completó la destrucción su arsenal de 1.000.089
minas antipersonal el 8 de febrero de 2003.
Jordania completó la destrucción de su arsenal de 92.342 minas
antipersonal el 23 de abril de 2003.
ERY de Macedonia completó la destrucción de su arsenal de
38.921 minas antipersonal el 20 de febrero de 2003.
Moldavia completó la destrucción sus existencias de minas
antipersonal el 26 de noviembre de 2002.
Mozambique completó la destrucción de su arsenal de 37.318
minas antipersonal el 28 de febrero de 2003.
En los Países Bajos, la destrucción de existencias
finalizó en diciembre de 2002, con la destrucción de 5.984 minas
antipersonal Gator.
Nicaragua completó la destrucción su arsenal de 133.435 minas
antipersonal el 28 de agosto de 2002.
Portugal completó la destrucción de su arsenal de 231.781
minas antipersonal en febrero de 2003.
Eslovenia completó la destrucción de su arsenal de 168.898
minas antipersonal el 25 de marzo de 2003.
Tailandia completó la destrucción de su arsenal de 337.725
minas antipersonal el 24 de abril de 2003.
Turkmenistán informó de que había completado la
destrucción de sus existencias antes del 1 de marzo de 2003, destruyendo
casi 700.000 minas en un período de 18 meses.
Uganda completó la destrucción su arsenal de minas
antipersonal en julio de 2003.
Otros acontecimientos relacionados con la destrucción
Estados Parte
En Afganistán, se celebraron ceremonias de destrucción de
minas terrestres antipersonal el 12 de mayo de 2003 para subrayar el compromiso
del gobierno con el cumplimiento del Tratado sobre la Prohibición de las
Minas.
En junio de 2003, Argentina y la OEA firmaron un acuerdo de
cooperación y asistencia técnica en la destrucción de su
arsenal de 90.000 minas antipersonal.
Chile destruyó 185.446 minas antipersonal de agosto de 2002 a mayo de
2003.
Colombia empezó su programa de destrucción de existencias en
junio de 2003.
En la RD del Congo, la ONG Handicap International Bélgica
informó de la destrucción del arsenal de 1.660 minas antipersonal
de las fuerzas rebeldes en 2002 y 2003.
Guinea-Bissau destruyó 1.000 minas en septiembre de 2002.
Rumania destruyó 486.000 minas antipersonal de abril de 2002 a abril
de 2003.
Tayikistán empezó la destrucción de su arsenal de minas
en agosto de 2002.
Tanzania destruyó sus primeras 9.837 minas antipersonal en marzo de
2003.
Túnez ha destruido otras 13.684 minas antipersonal almacenadas y
tiene previsto completar la destrucción en septiembre de 2003.
Uruguay destruyó otras 400 minas antipersonal almacenadas en junio y
octubre de 2002.
Venezuela comenzó la destrucción de sus existencias en mayo de
2003.
Estados que no son parte del Tratado
Como muestra de su respaldo al Tratado sobre la Prohibición de las
Minas, Bielorrusia, país no signatario, destruyó 22.963 minas
antipersonal PMN-2 en 2002.
Rusia informó por primera que había destruido 16,8 millones de
minas antipersonal almacenadas entre 1996 y 2002, incluidas 638.427 en
2002.
En Somaliland, 2.382 minas terrestres antipersonal almacenadas fueron
destruidas en noviembre de 2002.
Ucrania, signatario del Tratado sobre la Prohibición de las Minas,
completó la destrucción de cerca de 405.000 minas del tipo PMN
entre julio de 2002 y mayo de 2003.
Minas retenidas para adiestramiento y desarrollo de técnicas
De los 134 Estados Parte, 62 retienen más de 280.000 minas
antipersonal con fines de adiestramiento y desarrollo de técnicas, de
conformidad con el artículo 3 Tratado sobre la Prohibición de las
Minas. Se trata de un aumento de 11 países y de al menos 112.000 minas
desde la publicación del Informe 2002 del Monitor de Minas
Terrestres.
De estos 62 países, cinco tienen la intención de retener
más de 10.000 minas. La cantidad retenida por estos cinco países
constituye casi la mitad de las minas retenidas por los Estados Parte. Tan
sólo Turkmenistán retiene el 25 por ciento, con 69.200 minas.
También existen niveles muy elevados en Brasil (16.545), Suecia (16.015),
Argelia (15.030) y Bangladesh (15.000).
Otros seis Estados Parte tienen la intención de retener más de
5.000 minas antipersonal, 34 entre 1.000 y 5.000 minas y 17 menos de 1.000
minas. Colombia, Mozambique y Rwanda han cambiado sus decisiones anteriores y
han decidido ahora retener minas.
Un total de 55 Estados Parte no retener ninguna mina antipersonal. A esta
categoría se suman, en este período informativo,
Afganistán, Chad, Guinea-Bissau y Qatar. De los países que no
retienen, 13 han tenido arsenales de minas, pero los han destruido o se
encuentran en proceso de destruirlos. El número de Estados Parte que
todavía no han declarado su intención de retener minas
antipersonal ha bajado de 22 a 17.
El acontecimiento más doloroso en este sentido es el anuncio de los
planes de Turkmenistán de retener 69.200 minas para fines de
adiestramiento. En las reuniones entre períodos de sesiones del
Comité Permanente de mayo de 2003, varios Estados Parte manifestaron su
preocupación por que Turkmenistán retuviera tal gran cantidad de
minas. La ICBL considera que 69.200 minas es una cifra inaceptable y
probablemente ilegal, ya que no se trata obviamente de la “cantidad
mínima absolutamente necesaria”, como exige el Tratado.
Otro acontecimiento inquietante es que algunos países están
reteniendo la totalidad de sus arsenales de minas antipersonal para fines de
desarrollo de técnicas y adiestramiento. Lituania ha declarado su
intención de retener la totalidad de su arsenal de 8.091 minas
antipersonal, la séptima cantidad más grande entre los Estados
Parte, a pesar de que sólo realiza labores de desminado a pequeña
escala en cooperación con otros países bálticos. Letonia
parece dispuesta a seguir el ejemplo de Lituania y retener la totalidad de sus
2.980 minas, de acuerdo con el informe presentado con arreglo al artículo
7 que presentó voluntariamente el 1 de mayo de 2003. Togo (436),
Irlanda (116 minas), Mauricio (93 minas) y Botswana (número desconocido)
también forman parte de este grupo. Las minas antipersonal no afectan a
ninguno de estos países. Zambia propuso originalmente retener la
totalidad de su arsenal de 6.691 minas antipersonal en virtud del
artículo 3, pero ha reconsiderado su postura y anunciado que va a reducir
esta cifra.
Una tendencia positiva es el número significativo de Estados Parte que
han reducido la cantidad de minas retenidas, en comparación con las altas
cifras que propusieron inicialmente. Australia, Bulgaria, Croacia, Dinamarca,
Ecuador, Perú, Portugal, Eslovaquia, Eslovenia, España y Tailandia
habían adoptado esta medida en años anteriores. Durante este
período informativo, Chile redujo el número de minas retenidas de
28.647 a 6.245; Italia bajó a un máximo de 8.000 minas a 811;
Mauritania redujo la cantidad de 5.728 a 843; el Reino Unido pasó de
4.949 a 1.783; y, según se informó, Uganda bajó de 2.400 a
1.764.
Frente a la tendencia de reducir el número de minas retenidas, unos
cuantos países han aumentado esta cifra. ERY de Macedonia retiene ahora
4.000 minas antipersonal, una cantidad mucho mayor de las 50 declaradas
inicialmente. Venezuela, al modificar el número de minas en sus
existencias, también aumentó la cantidad de minas retenidas de
2.214 a 4.614. Las minas antipersonal, no declaradas previamente, retenidas por
un fabricante privado de la industria de defensa de Suecia ha provocado un
incremento de la cifra de minas retenidas de 13.948 a 16.015. Bosnia y
Herzegovina retiene ahora 2.525 minas antipersonal, 120 de las que había
declarado previamente.
La ICBL continúa cuestionando la necesidad de minas con carga para el
adiestramiento y pide a los Estados Parte que sigan evaluando la necesidad de
esta excepción. Varios Estados Parte, como Afganistán, Austria,
Nueva Zelanda y Noruega, también se han hecho eco de esta opinión
en las reuniones entre períodos de sesiones del Comité
Permanente.
La ICBL cree que es importante que haya una total transparencia sobre las
minas retenidas para el adiestramiento y respalda firmemente la
recomendación del Comité Permanente sobre la situación
general y el funcionamiento de la Convención de que los Estados Parte
incluyan “en los informes presentados con arreglo al artículo 7
información sobre la finalidad prevista y el uso efectivo de las minas
retenidas”.
Un número cada vez mayor de Estados Parte está declarando el
número de minas antipersonal utilizadas efectivamente cada año y
con qué propósito concreto de adiestramiento o desarrollo de
técnicas. Fueron 15 los Estados Parte que informaron de la
utilización de 3.806 minas antipersonal con fines permitidos en
2002.[14] La mayoría de los
Estados Parte no informaron de ninguna actividad o utilización de sus
minas retenidas en 2002 y algunos de ellos no han utilizado, al parecer, ninguna
mina retenida para fines de adiestramiento o desarrollo de técnicas desde
1999.
Informes sobre medidas de transparencia
A 31 de julio de 2003, La ONU ha recibido informes sobre medidas de
transparencia presentados con arreglo al artículo 7 de 113 Estados Parte.
La tasa general de cumplimiento del requisito de presentar informes iniciales
sobre medidas de transparencia es un muy encomiable 88 por ciento, por encima
del 75 por ciento del año anterior y el 63 por ciento registrado en 2001.
Un total de 21 Estados Parte han presentado sus informes iniciales desde mayo de
2002: Argelia, Bangladesh, Barbados, Chile, República Democrática
del Congo, República del Congo, Yibuti, Dominica, Gabón, Gambia,
Ghana, Guinea-Bissau, Malawi, Maldivas, Níger, Seychelles,
Tayikistán, Tanzania, Togo, Trinidad y Tobago y Venezuela.
Los esfuerzos del año pasado para promover la total transparencia han
reducido a la mitad el número de informes iniciales presentados tarde.
El Informe 2002 del Monitor de Minas Terrestres señaló que
se había pasado el plazo para la presentación de los informes
iniciales de 30 Estados Parte. A 31 de julio de 2003, un total de 15 Estados
Parte, cuyo plazo ha vencido, siguen sin presentar sus informes iniciales sobre
medidas de transparencia: Angola, Cabo Verde, Côte d' Ivoire, Guinea
Ecuatorial, Eritrea, Guinea, Liberia, Namibia, Nauru, Nigeria, Santa
Lucía, San Vicente y las Granadinas, Sierra Leona, Islas Salomón y
Surinam.
En el caso de Guinea Ecuatorial, Guinea, Namibia y las Islas Salomón,
el plazo para la presentación de su informe inicial se cumplió en
1999, lo que sólo puede interpretarse como una grave negligencia en el
cumplimiento de su obligación con respecto a la transparencia.
A 31 de julio de 2003, la tasa de cumplimiento de la presentación de
los informes anuales antes de la fecha marcada del 30 de abril de 2003, para el
año 2002, es del 62 por ciento. Los 123 Estados Parte obligados a
presentar actualizaciones anuales presentaron un total de 76 informes a la ONU.
De los 47 Estados Parte que no presentaron un informe anual de
actualización en 2003, la mitad tampoco lo habían hecho en 2002,
para el año 2001.[15]
Se ha producido el hecho muy positivo de que varios países que no
forman parte del Tratado sobre la Prohibición de las Minas han
presentando voluntariamente informes con arreglo al artículo 7, como en
el caso de Lituania en 2002, cuando era signatario, y Letonia y Polonia en 2003.
En la reunión de mayo de 2003 del Comité Permanente, el Embajador
Jean Lint de Bélgica (Presidente de la Cuarta Reunión de Estados
Parte) sugirió que todos los Estados Parte que hubieran votado a favor de
la Resolución 57/74 de la Asamblea General, pidiendo la aplicación
y la universalización del Tratado sobre la Prohibición de las
Minas, deberían sentirse animado a presentar voluntariamente informes
sobre medidas de transparencia.
Durante este período informativo, la responsabilidad del
mantenimiento de la base de datos informes presentados con arreglo al
artículo 7 se trasladó de las oficinas de la ONU en Nueva York a
las de Ginebra.[16] Esta
transición fue más complicada de lo previsto debido a problemas
técnicos y de capacidad, así como al hecho de que muchos Estados
Parte no presentan sus informes en formato electrónico. La
resolución de estos problemas debe ser altamente prioritaria durante este
próximo período entre sesiones para garantizar que los informes se
publican de manera oportuna y exhaustiva, especialmente cuando se acerque el
plazo anual del 30 de abril.
Bélgica continúa coordinando el grupo de contacto para la
promoción de los informes sobre medidas de transparencia. En noviembre
de 2002, Bélgica fue el país anfitrión de un seminario
celebrado en Bruselas para países africanos sobre los informes sobre
medidas de transparencia presentados con arreglo al artículo 7. La ONG
VERTIC, en cooperación con la ICBL y el CICR, desarrolló una
“Guía para la presentación de información con arreglo
al artículo 7 de la Convención de Ottawa”.
Medidas para la aplicación nacional
Sólo 36 de los 134 Estados Parte han aprobado nuevas leyes nacionales
para la aplicación del Tratado sobre la Prohibición de las Minas y
el cumplimiento de las obligaciones contenidas en su artículo
9.[17] Ninguno lo ha hecho durante
este período informativo.
Un total de 19 Estados Parte dicen haber emprendido iniciativas para la
promulgación de dichas
leyes.[18] Entre los países
que han iniciado este proceso en el pasado se encuentran Bangladesh, Benin,
República del Congo, Jamaica y Togo.
De los Estados Parte, 31 han indicado que no creen que sea necesaria ninguna
nueva ley para aplicar el Tratado, un aumento significativo en
comparación con los 18 registrados en el Informe 2002 del Monitor de
Minas Terrestres. Croacia, los Países Bajos, Tailandia y
Túnez informaron de que habían iniciado en proceso de
adopción de nuevas leyes en años anteriores, pero que ahora
consideraban que la legislación vigente era suficiente. Otros
países que han adoptado esta posición y cuya opinión no era
conocida por el Monitor de Minas Terrestres, incluyen la Santa Sede, Maldivas,
Paraguay, Qatar, Samoa, San Marino, Senegal, Tayikistán y Tanzania.
En muchos casos, los gobiernos consideran que no necesitan adoptar medidas
porque nunca contaron con existencias de minas antipersonal y no están
afectados por las minas. A la ICBL le preocupa, sin embargo, la necesidad de
que todos los países aprueben leyes que estipulen sanciones penales para
cualquier posible violación del Tratado y dispongan la aplicación
plena de todos los aspectos del mismo.
El Monitor de Minas Terrestres no tiene conocimiento de que se hayan adoptado
las medidas nacionales necesarias para la aplicación del Tratado sobre la
Prohibición de las Minas, de conformidad con su artículo 9, en 48
Estados Parte.
Asuntos especialmente preocupantes
Operaciones militares conjuntas y “ayudar”
El artículo 1 del Tratado sobre la Prohibición de las Minas de
1997 obliga a los Estados Partes a “nunca, y bajo ninguna circunstancia...
ayudar, estimular o inducir, de una manera o de otra, a cualquiera a participar
en una actividad prohibida a un Estado Parte, conforme a esta
Convención”. Para garantizar una aplicación uniforme del
Tratado, los Estados Parte tienen que alcanzar una interpretación
común de cómo se aplica esta obligación a las operaciones
militares conjuntas y el significado de “ayudar”. La ICBL considera
fundamental que los Estados Parte aclaren las diferentes opiniones sobre
qué actos están permitidos y cuáles están
prohibidos.
Algunos hechos ocurridos desde la entrada en vigor del Tratado demuestran de
manera concreta la necesidad de alcanzar una interpretación común.
Desde el 1 de marzo de 1999, algunos Estados Parte han participado en
operaciones de combate conjuntas con las tropas de países que no son
parte del Tratado o fuerzas armadas no estatales en la que estos últimos
utilizaron, al parecer, minas antipersonal; algunos Estados Parte han puesto a
sus fuerzas bajo el mando operativo de un país que no forma parte del
Tratado; algunos Estados Parte han participado en operaciones conjuntas de
adiestramiento o mantenimiento de la paz con países que no son parte del
Tratado; y, algunos países que no son parte del Tratado han transferido a
un Estado Parte existencias de minas antipersonal, que han transitado a
través del territorio de otros Estados Parte para su posible uso en
combate.
Aunque la mayoría de los Estados Parte aún no han dado a
conocer su opinión, al menos 30 países han expresado algunas
opiniones e interpretaciones. La mayoría de los 30 Estados Parte han
declarado que no participarán en la planificación o la
ejecución de actividades relacionadas con el uso de minas antipersonal en
operaciones o adiestramiento
conjuntos.[19]
Algunos Estados Parte han hecho nuevas declaraciones políticas con
respecto a las operaciones militares conjuntas con países que no forman
parte del Tratado sobre la Prohibición de las Minas o han ofrecido su
interpretación del término “ayudar”. Aquí solo
incluimos un breve resumen de estas declaraciones, puede consultar los informes
sobre cada país para obtener más detalles.
Australia ha impuesto límites a sus fuerzas con el fin de que no
violen las obligaciones del Tratado durante operaciones conjuntas.
Bosnia y Herzegovina ha declarado que sus tropas no participaran en
operaciones militares conjuntas con ninguna fuerza que realice planes,
ejercicios o utilice minas antipersonal.
Bulgaria declaró en febrero de 2003 que cuando participa en
ejercicios conjuntos con algunos países vecinos que son parte del Tratado
sobre la Prohibición de las Minas, no se planea ni ejecuta ninguna
actividad prohibida relacionada con las minas antipersonal.
Croacia ha informado de que sus fuerzas armadas no asistirán en el
uso de minas antipersonal dentro de su territorio nacional ni en otros
países, incluidos los que no forman parte del Tratado sobre la
Prohibición de las Minas.
Japón señaló que, en virtud del artículo 9 de su
constitución, sus fuerzas armadas no pueden desplegarse fuera de su
territorio ni participar en operaciones militares conjuntas.
Luxemburgo ha declarado que sus fuerzas no están autorizadas para
participar, de manera activa o pasiva, en operaciones que conlleven en uso de
minas antipersonal.
Nueva Zelanda aclaró su opinión sobre el término
“ayudar” declarando que no puede “ayudar activamente” a
la ejecución de acciones prohibidas, y señaló que el
ofrecer cobertura para la instalación de minas sería una ayuda
activa, al igual que la participación en la planificación o el
adiestramiento para el uso de minas antipersonal. También dijo que el
“beneficio incidental” obtenido por que otros siembren minas no
constituiría una ayuda activa.
Portugal confirmó que no ayudaría, estimularía ni
induciría, de una manera de otra, a cualquiera a participar en una
actividad prohibida a un Estado Parte.
Suiza se sumó a las declaraciones de otros países de que el
artículo 1 prohíbe claramente las operaciones conjuntas que puedan
conllevar el uso de minas antipersonal. Suiza apeló a todos los Estados
Parte para que respeten “el texto y el espíritu” del
artículo 1.
Tayikistán ha declarado que sus Fuerzas Armadas no cumplirán
las órdenes de Rusia de sembrar minas y ha señalado que las tropas
tayikas dependen de diferentes estructuras de mando y control.
En mayo de 2003, el Reino Unido se explayó sobre las actividades que
considera inaceptables, como: planear junto con otros el uso de minas
antipersonal; adiestrar a otros sobre el uso de minas antipersonal; acordar
reglas de combate que permitan el uso de minas antipersonal; acordar planes
operativos que permitan el uso de minas antipersonal en operaciones combinadas;
solicitar a Estados que son parte del Tratado que usen minas antipersonal y
ofrecer seguridad y transporte para minas antipersonal. Además, no es
aceptable que las fuerzas británicas acepten órdenes que supongan
ayudar en el uso de minas antipersonal. También se han dictado
instrucciones a las tropas del Reino Unido para que no intenten obtener ventajas
militares del despliegue de minas antipersonal en operaciones combinadas,
reconociendo que no siempre es posible saber de antemano que no se
obtendrá una ventaja militar de un acto no deliberado ni planeado
previamente.
Almacenamiento y tránsito de minas antipersonal de otros
países
Sólo 21 de los 134 Estados Parte han declarado explícitamente
que prohíben las transferencias a través (tránsito) de su
territorio nacional o el almacenamiento en éste de minas antipersonal de
otros países.[20] Sin
embargo, se han producido varios acontecimientos positivos durante este
período informativo en los que los Estados Parte han declarado su
política y establecido más ejemplos de la práctica oficial.
Aquí sólo se incluyen breves resúmenes de estos nuevos
acontecimientos; véanse los informes de cada país para obtener
más detalles.
Bosnia y Herzegovina anunció en abril de 2003 que no
permitiría el almacenamiento dentro de su territorio nacional ni el
tránsito por éste de minas antipersonal pertenecientes a otro
país.
Camerún declaró en septiembre de 2002 que no
facilitaría el tránsito de minas antipersonal a través de
su territorio.
Malasia prohíbe el tránsito de minas antipersonal que
podrían ser transportadas en navíos a través del territorio
malayo.
Noruega ha informado que las minas antipersonal de Estados Unidos
almacenadas en su territorio nacional salieron del país en noviembre de
2002. Los arsenales de Estados Unidos en Italia y España fueron sacados
en años anteriores.
Qatar declaró en mayo de 2003 que no defendería que ninguno de
sus ciudadanos llevara, transportara o almacenara minas antipersonal de Estados
Unidos. También declare que los arsenales de minas antipersonal de
Estados Unidos dentro de su territorio no están bajo la
jurisdicción ni el control cátaro.
Tayikistán es el primer Estado Parte que ha informado sobre las minas
antipersonal almacenadas en su territorio nacional por un país que no es
parte del Tratado. En febrero de 2003, declaró que las unidades del
Ministerio de Defensa de Rusia desplegadas en Tayikistán contaban con
unas 18.200 minas antipersonal de varios tipos. Estas existencias no
están bajo la jurisdicción ni el control de Tayikistán. Se
habían entablado conversaciones intergubernamentales para aclarar las
circunstancias y completar la recopilación de datos sobre estas minas
rusas.
El Reino Unido confirmó su posición de que el tránsito
de minas antipersonal por su territorio nacional es incompatible con las
obligaciones del Tratado sobre la Prohibición de las Minas y, en mayo de
2003, equiparó el tránsito con la “ayuda” prohibida
por el artículo 1. El Reino Unido declaró que, durante las
operaciones en Afganistán en 2002, no transitaron, almacenaron ni
mantuvieron minas antipersonal de Estados Unidos minas antipersonal en las bases
de Diego García, dentro del territorio británico del Océano
Índico. Mantiene la opinión de que el almacenamiento o
tránsito de minas antipersonal de Estados Unidos en su territorio
nacional, incluido Diego García, constituiría una violación
de las obligaciones contraídas por el Reino Unido en el Tratado sobre la
Prohibición de las Minas. Agregó que las minas antipersonal
dentro de los barcos de la Armada o los aviones militares de Estados Unidos en
Diego García no están bajo la jurisdicción ni el control
del Reino Unido.
Como se ha informado en el pasado, Canadá, Alemania, Japón y
Noruega creen que el Tratado sobre la Prohibición de las Minas no
prohíbe el tránsito de minas antipersonal, al menos en ciertas
circunstancias.
El Monitor de Minas Terrestres informó anteriormente de que Estados
Unidos almacenaba minas antipersonal en el territorio nacional de al menos 14
países, entre ellos siete Estados
Parte.[21] Se han sacado las minas
antipersonal de Estados Unidos de los Estados Parte Italia, Noruega y
España, a petición de estos últimos. Alemania,
Japón, Qatar y el Reino Unido han declarado que los arsenales de minas
antipersonal de Estados Unidos dentro de su territorio no están bajo su
jurisdicción ni control.
No es posible confirmar la ubicación actual y la cantidad de minas
antipersonal de Estados Unidos en otros países después del
movimiento significativo de equipo y municiones durante los preparativos
militares en el Golfo Pérsico previos a la invasión de Irak, en
marzo de 2003. Por ejemplo, el 5 de septiembre de 2002, Thomas White,
Secretario del Ejército de Estados Unidos, desveló que, en julio
de 2002, se trasladó de Qatar a Kuwait un cargamento de equipo y
munición que contenía minas antipersonal lanzadas por fuego de
artillería.
Minas antivehículo con dispositivos antimanipulación y detonadores
sensibles
La aplicación de la definición del artículo 2 de todas
las minas que funcionan como minas antipersonal, incluidas algunas consideradas
antivehículo, sigue siendo un asunto altamente conflictivo. La manera en
que los Estados Parte lleguen a una interpretación común sobre
este tema puede tener repercusiones importantes sobre cómo se aplica y
universaliza el Tratado sobre la Prohibición de las Minas. Quizá
el acontecimiento más desalentador de este período informativo
haya sido el hecho de que algunos Estados Parte no estén dispuestos a
respaldar la iniciativa del CICR de celebrar en 2004 una reunión de
expertos sobre “mejores prácticas” en relación de las
minas antivehículo con detonadores sensibles dentro del contexto del
Tratado sobre la Prohibición de las Minas, con el objetivo de acordar un
texto común en la Conferencia de Examen de 2004. Alemania, Dinamarca,
Francia, Japón y el Reino Unido se opusieron a la iniciativa del CICR,
señalando que la CAC es el único medio adecuado para discutir las
minas antivehículo. La ICBL cree que la estrategia de “matriz
abierta” de Alemania en el Grupo de Expertos Gubernamentales de la CAC es
un hecho positivo y complementario que debería contribuir a resolver el
asunto dentro del contexto del Tratado sobre la Prohibición de las
Minas.
Se han hecho algunos progresos en la aclaración de qué tipos
específicos de detonadores sensibles de las minas antivehículo
plantean un peligro inaceptable para la población civil. En 2003,
Alemania y el Reino Unido han declarado que defienden la opinión de que
las minas antivehículo equipadas con detonadores sensibles a la
inclinación, la tracción o el alivio de tracción, son
inapropiadas y no pueden diseñarse de manera a prevenir su
detonación por una persona. Hungría ha destruido los
últimos de sus detonadores basculantes. Croacia y Eslovenia han
declarado su voluntad de discutir la compatibilidad de los detonadores
basculantes con el Tratado sobre la Prohibición de las Minas.
Canadá, Francia, Malí y el Reino Unido han retirado los
detonadores basculantes de sus existencias. Suecia ha prohibido a sus fuerzas
que usen detonadores por tracción con minas antivehículo si se
sacan de los arsenales para su uso. Los Países Bajos y el Reino Unido
han retirado un tipo de mina antivehículo equipada con un detonador por
alivio de tracción. Francia está estudiando mecanismos
alternativos de detonación para sus minas antivehículo.
Sin embargo, la práctica oficial en esta área aún no es
universal. La República Checa continúa comercializando una mina
antivehículo con un detonador por tracción y ha declarado que no
considera que el uso de estos detonadores en las minas antivehículo
constituya una violación del Tratado sobre la Prohibición de las
Minas.
Muchos Estados Parte, el CICR y la ICBL creen que, independientemente de la
finalidad de su diseño o marca, una mina antivehículo con un
detonador o mecanismo antimanipulación (MAM) con la capacidad de
activarse por el acto involuntario de una persona se ajusta a la
definición de una mina antipersonal y está prohibida por el
Tratado. Entre los Estados Parte que han expresado públicamente esta
interpretación de lo que se acordó en las negociaciones del
tratado en Oslo en 1997 se encuentran Australia, Austria, Brasil, Canadá,
Irlanda, México, Países Bajos, Nueva Zelanda, Noruega, Eslovaquia,
Sudáfrica y Suiza.
Algunos Estados Parte no están de acuerdo y no creen que Tratado sobre
la Prohibición de las Minas sea aplicable en absoluto a las minas
antivehículo y consideran que la CAC es el único medio apropiado
para estudiar cualquier restricción o prohibición de estas minas.
Dinamarca, Francia, Alemania, Japón y el Reino Unido son los
únicos Estados Parte que han expresado públicamente esta
opinión.
Lamentablemente, sólo un pequeño número de Estados
Parte, 22 de los actuales 134, han expresado opiniones o compartido una
práctica nacional sobre la aplicabilidad del Tratado sobre la
Prohibición de las Minas a las minas antivehículo con detonadores
sensibles o MAM.[22] Algunos
Estados Parte hicieron nuevas declaraciones políticas o anunciaron
medidas concretas adoptadas a nivel nacional durante el período
informativo. Aquí solo incluimos un breve resumen de estos
acontecimientos, véanse los informes sobre cada país para obtener
más detalles.
Bulgaria declaró en febrero de 2003 que se había interrumpido
la producción de la mina TM-46, la única mina antivehículo
de su arsenal que puede equiparse con un MAM, y se habían confiscado los
arsenales existentes para su destrucción.
Croacia declaró en mayo de 2003 que no cuenta con minas
antivehículo con MAM que puedan activarse accidentalmente. También
declaró que los detonadores por presión de sus minas se activan a
niveles por encima de los 120 kilogramos, habitualmente entre 150 y 300
kilogramos. Croacia también reconoció que posee detonadores
basculantes que se activan a un nivel de 1,3 a 1,7 kilogramos y está
dispuesto a discutirlo dentro del contexto del Tratado sobre la
Prohibición de las Minas.
La República Checa ha decidido retirar sus arsenales de “minas
antivehículo anticuadas” y sustituirlas por “dispositivos
más nuevos y menos peligrosos”.
El Parlamento de Alemania aprobó una resolución en junio de
2002 instando al gobierno a que trabaje nacional e internacionalmente para la
prohibición de todas las minas antivehículo equipadas con
detonadores sensibles. En la Cuarta Reunión de Estados Parte, la
delegación alemana hizo una distinción entre las minas
antivehículo con MAM y las minas antivehículo con detonadores
sensibles, señalando que las primeras están permitidas, mientras
que las segundas no lo están. Alemania pidió a los Estados Parte
que llegaran a un entendimiento común sobre este punto.
Hungría destruyó sus restantes 100.000 minas
antivehículo UKA-63 equipadas con detonadores basculantes.
Los Países Bajos se deshicieron de 10.000 DM-31 (la FFV-028 de
producción sueca) como excedente y declararon que no utilizarían
el arsenal que quedaba de este tipo de minas antivehículo, a que no ser
que se garantizara que no pueden activarse en respuesta al equipo de
detección de minas.
Portugal parece interesado en la aplicación de la prohibición
del Tratado sobre la Prohibición de las Minas de las minas
antivehículo equipadas con detonadores sensibles que funcionan como minas
antipersonal.
Eslovaquia tiene previsto, para más adelante en 2003, obtener el
resultado de su estudio sobre cuáles de sus minas antivehículo
están prohibidas o autorizadas según el Tratado sobre la
Prohibición de las Minas.
Eslovenia ha reconocido que posee 59.500 minas antivehículo, pero
ninguna de ellas con MAM. En sus existencias hay 8.228 TMRP-6 equipadas con
detonadores por presión y por tracción. Eslovenia ha indicado su
voluntad de discutir las TMRP-6.
Minas Claymore
El Tratado sobre la Prohibición de las Minas permite las minas de tipo
Claymore (municiones de fragmentación direccional) cuando se utilizan
para su activación a distancia. Sin embargo, el Tratado prohíbe
las minas de tipo Claymore cuando se utilizan para su activación por la
víctima porque en este caso se ajusta a la definición de una mina
antipersonal.
Son 21 los Estados Parte que retienen arsenales de minas antipersonal de tipo
Claymore.[23] Sudáfrica y
Zimbabwe informaron que cuentan con minas de tipo Claymore, pero sin el tipo de
detonadores necesarios para su activación por la víctima.
Croacia, Hungría, Nueva Zelanda y Eslovenia también han declarado
que han tomado medidas para que sus minas de tipo Claymore no puedan ser
utilizadas para su activación por la víctima. Estas declaraciones
implican que Estados Parte han tomado medidas de este tipo, un aumento de seis
países en este período informativo. En el Informe 2002 del
Monitor de Minas Terrestres se incluyó incorrectamente a Eslovaquia y
Alemania en la lista de países que retienen minas de tipo Claymore.
El número de Estados Parte que han confirmado que no poseen minas
antipersonal de tipo Claymore ha aumentado a 24 con la inclusión de
Bélgica, República Checa, Luxemburgo, Portugal y
Kenya.[24] Además,
Bangladesh, Mozambique y Tayikistán han señalado su
intención programando la destrucción de sus minas de tipo
Claymore, a diferencia de las retenidas con arreglo al artículo 3 para
fines de adiestramiento y desarrollo de técnicas. Otros 41 países
han declarado que no poseen arsenales de minas antipersonal y se presume que no
cuentan con minas de tipo Claymore.
La ICBL insta a los 48 Estados Parte restantes que declaren si cuentan con
minas de tipo Claymore.[25] Los
Estados Parte que las posean deben informar de las medidas adoptadas para
garantizar que no pueden utilizarse para su activación por la
víctima.
[1] En lo que concierne a este informe, el
Monitor de Minas Terrestres identifica como Estado Parte a todo país que
haya consentido voluntariamente a estar vinculado al Tratado sobre la
Prohibición de las Minas. Algunos de estos países no han cumplido
el plazo de seis meses dispuesto por el Tratado para su entrada en vigor
oficial. Además, en este informe se utiliza el término
ratificación como una abreviación de “consentimiento
voluntario de la vinculación”. El Tratado permite a los gobiernos
que manifiesten dicho consentimiento de varias maneras, incluidas la
ratificación, la aceptación, la aprobación o la
adhesión – todas los cuales obligan legalmente al cumplimiento del
Tratado después de la firma. [2] A 31
de julio de 2003, 13 países habían firmado pero no ratificado el
Tratado sobre la Prohibición de las Minas: Brunei, Burundi, Islas Cook,
Etiopía, Grecia, Guyana, Haití, Indonesia, Islas Marshall,
Polonia, Sudán, Ucrania y Vanuatu. [3]
En virtud del artículo 18 de la Convención de Viena sobre el
Derecho de los Tratados, todo Estado que haya firmado un tratado debe
“abstenerse de actos en virtud de los cuales se frustren el objeto y el
fin” del mismo. [4] Afganistán y
Comoras también votaron a favor de la resolución en 2001, cuando
no formaban parte del Tratado, pero después accedieron al mismo.
[5] Los 14 son: Australia, Bulgaria,
Canadá, Croacia, Estonia, Francia, Santa Sede, Hungría,
Japón, Lituania, México, Corea del Sur, Suecia y el Reino
Unido. [6] El cambio entre el informe de 2002
y el de 2003 se debe a la adición de Irak y la salida de la lista de
Angola, Afganistán, Georgia y Sri
Lanka. [7] Entre los Estados Parte que han
producido alguna vez minas antipersonal se encuentran: Albania, Argentina,
Australia, Austria, Bélgica, Bosnia y Herzegovina, Brasil, Bulgaria,
Canadá, Chile, Colombia, República Checa, Dinamarca, Francia,
Alemania, Hungría, Italia, Japón, Países Bajos, Noruega,
Perú, Portugal, Rumania, Sudáfrica, España, Suecia, Suiza,
Uganda, Reino Unido y Zimbabwe. Otros que han sido citados como antiguos
productores, pero lo niegan, son: Croacia, Nicaragua, Filipinas, Tailandia y
Venezuela. [8] A 31 de julio de 2003, los
Estados Parte han declarado tener almacenadas minas de los siguientes
países: Argentina, Bélgica, Brasil, Chile, China, antigua
Checoslovaquia, Francia, Alemania (incluida la antigua Alemania del Este),
Irán, Israel, Italia, Libia, Pakistán, Portugal, Singapur, antigua
Unión Soviética, España, Sudáfrica, Siria, Reino
Unido, US, antigua Yugoslavia y Zimbabwe. Este total no incluye las existencia
resultantes de la producción interna o los arsenales declarados por
nuevos países, lo cual excluye a los Estados Parte Bosnia y Herzegovina,
Croacia, República Checa, Lituania, ERY de Macedonia, Moldavia,
Eslovaquia, Eslovenia, Tayikistán y Turkmenistán.
[9] Los 51 países son: Albania,
Australia, Austria, Bélgica, Bosnia y Herzegovina, Brasil, Bulgaria,
Camboya, Canadá, Chad, Croacia, República Checa, Dinamarca,
Yibuti, Ecuador, El Salvador, Francia, Gabón, Alemania, Guatemala,
Honduras, Hungría, Italia, Japón, Jordania, Luxemburgo, ERY de
Macedonia, Malasia, Malí, Mauritania, Moldavia, Mozambique, Países
Bajos, Nueva Zelanda, Nicaragua, Noruega, Perú, Filipinas, Portugal,
Eslovaquia, Eslovenia, Sudáfrica, España, Suecia, Suiza,
Tailandia, Turkmenistán, Uganda, Reino Unido, Yemen y Zimbabwe.
[10] Los 48 países son: Andorra,
Antigua y Barbuda, Bahamas, Barbados, Belice, Benin, Bolivia, Botswana, Burkina
Faso, Camerún, Comoras, Costa Rica, Dominica, República
Dominicana, Fiji, Gambia, Ghana, Granada, Santa Sede, Islandia, Irlanda,
Jamaica, Kiribati, Lesotho, Liechtenstein, Lituania, Madagascar, Malawi,
Maldivas, Malta, Mauricio, México, Mónaco, Níger, Niue,
Panamá, Paraguay, Qatar, Rwanda, San Kitts y Nevis, Samoa, San Marino,
Senegal, Seychelles, Swazilandia, Togo, Trinidad & Tobago y
Zambia. [11] Los 15 países son:
Angola, Cabo Verde, Cote d’Ivoire, Guinea Ecuatorial, Eritrea, Guinea,
Liberia, Namibia, Nauru, Nigeria, Santa Lucía, San Vicente y las
Granadinas, Sierra Leona, Islas Salomón y Surinam. De estos 15. se cree
que Angola, Eritrea, Liberia, Nigeria, Sierra Leona, Surinam y posiblemente
Guinea tienen arsenales de minas
antipersonal. [12] Guinea Ecuatorial ha
declarado que no tiene un arsenal de minas antipersonal. Namibia afirma que
sólo retiene minas para fines de adiestramiento e investigación.
Se desconoce el estado actual de las existencias de
Guinea. [13] De estos, se cree que solo
Chipre cuenta con minas antipersonal. [14]
Los 15 países son: Japón (1.610), Suecia (1.002), Países
Bajos (314), Bélgica (293), Australia (213), Croacia (200),
Sudáfrica (55), Dinamarca (33), Alemania (19), Francia (17), Eslovaquia
(14), Canadá (12), Luxemburgo (10), Irlanda (9) y Brasil
(5). [15] Los que no lo han presentado son:
Andorra,* Antigua y Barbuda,* Bahamas, Belice,* Benin, Bolivia,* Botswana,* Cabo
Verde,* Chad, República del Congo, Costa Rica, Cote d’Ivoire,*
Guinea Ecuatorial,* Eritrea,* Fiji, Gabón, Gambia, Ghana, Granada,*
Guatemala, Guinea,* Honduras, Kenya, Kiribati,* Liberia,* Madagascar,* Maldivas,
Malí,* Namibia,* Nauru,* Nigeria, Niue, Paraguay, Portugal, San Kitts y
Nevis,* Santa Lucía,* San Vicente y las Granadinas,* Samoa, San Marino,
Sierra Leona,* Islas Salomón,* España, Swazilandia,* Trinidad y
Tobago, Turkmenistán,* y Uruguay. (* indica los Estados Parte que tampoco
presentaron un informe anual en 2002 sobre lo ocurrido en
2001). [16]
http://disarmament.un.org/mineban.nsf [17]
La única adición a la lista desde la publicación del
Informe 2002 del Monitor de Minas Terrestres es Honduras, que, según supo
recientemente el Monitor de Minas Terrestres, promulgó leyes en junio de
2000. Los 36 Estados Parte son: Australia, Austria, Bélgica, Brasil,
Bulgaria, Burkina Faso, Camboya, Canadá, Colombia, Costa Rica,
República Checa, Francia, Alemania, Guatemala, Honduras, Hungría,
Islandia, Irlanda, Italia, Japón, Liechtenstein, Luxemburgo, Malasia,
Malí, Malta, Mauricio, Mónaco, Nueva Zelanda, Nicaragua, Noruega,
España, Suecia, Suiza, Trinidad y Tobago, Reino Unido y
Zimbabwe. [18] Los 19 países son:
Albania, Bosnia y Herzegovina, Bangladesh, Benin, República del Congo,
Croacia, El Salvador, Jamaica, Mauritania, Mozambique, Níger, Filipinas,
Seychelles, Sudáfrica, Swazilandia, Togo, Uganda, Yemen y
Zambia. [19] Son 21 los Estados Parte que
han rechazado explícitamente su participación en operaciones
conjuntas en la que se usen minas antipersonal: Australia, Bélgica,
Brasil, Canadá, República Checa, Dinamarca, Francia, Alemania,
Hungría, Italia, Malasia, Namibia, Países Bajos, Nueva Zelanda,
Noruega, Qatar, Senegal, Suecia, Reino Unido, Uruguay y
Zimbabwe. [20] A 31 de julio de 2003, 21
Estados Parte prohíben explícitamente el almacenamiento o el
tránsito de minas antipersonal de otros países en su territorio
nacional: Austria, Bosnia y Herzegovina, Brasil, Camerún, Croacia,
República Checa, Dinamarca, Francia, Guinea, Hungría, Italia,
Malasia, Namibia, Nueva Zelanda, Portugal, Samoa, Eslovaquia, Sudáfrica,
España, Suiza y el Reino Unido. [21]
Además de los siete Estados Parte, estos países incluyen a:
Bahrein, Grecia, Kuwait, Omán, Arabia Saudita, Corea del Sur y
Turquía. [22] Las anteriores
ediciones del Informe del Monitor de Minas Terrestres contienen declaraciones o
medidas sobre el asunto de las minas antivehículo con MAM o detonadores
sensibles de los Estados Parte Austria, Bélgica, Bolivia, Brasil,
Bulgaria, Canadá, Croacia, República Checa, Francia, Alemania,
Italia, Japón, México, los Países Bajos, Noruega,
Eslovaquia, España, Suecia, Suiza y el Reino Unido. Portugal y Eslovenia
se unen a esta lista en esta edición del Informe del Monitor de Minas
Terrestres. [23] Los 21 Estados Parte son:
Australia,* Austria,* Canadá,* Colombia, Croacia,* Dinamarca,* Ecuador,
Honduras, Hungría,* Malasia,* Moldavia, Países Bajos,* Nueva
Zelanda,* Noruega,* Eslovenia,* Sudáfrica,* Suecia,* Suiza,* Tailandia,*
Reino Unido,* y Zimbabwe.* (* indica a los Estados Parte que declararon haber
adoptado medidas para garantizar que sus minas Claymore no pueden utilizarse
para su activación por la
víctima). [24] Los 24 Estados Parte
son: Bangladesh, Bélgica, Bolivia, Bosnia y Herzegovina, Bulgaria,
Camboya, República Checa, El Salvador, Francia, Alemania, Italia,
Jordania, Kenya, Luxemburgo, Mozambique, Nicaragua, Perú, Filipinas,
Portugal, Rumania, Eslovaquia, Tayikistán, Turkmenistán y
Yemen. [25] Los 48 Estados Parte que no han
informado de este punto son: Afganistán, Albania, Argelia, Angola,
Argentina, Brasil, Camerún, Cabo Verde, Chad, Chile, República
Centroafricana, República del Congo, Cote d’Ivoire, Chipre, Yibuti,
RD del Congo, Guinea Ecuatorial, Eritrea, Gabón, Guatemala, Guinea,
Guinea-Bissau, Japón, Liberia, Lituania, ERY de Macedonia, Malawi,
Malí, Mauritania, Mauricio, Namibia, Nauru, Nigeria, Santa Lucía,
San Vicente y las Granadinas, Santo Tomé y Príncipe, Sierra Leona,
Islas Salomón, España, Surinam, Tanzania, Timor-Leste, Togo,
Túnez, Uganda, Uruguay, Venezuela y Zambia.